Regulación de la Tasa de Habilitación de un establecimiento cerrado

Este proceso se debe realizar únicamente para los casos en que el contribuyente no obtuvo oportunamente la Tasa de Habilitación para su establecimiento y actualmente éste se encuentra cerrado o abierto en una dirección diferente a la que empezó, por lo tanto, le corresponde al usuario cumplir con el pago de la Tasa de Habilitación por el tiempo en el que funcionó el establecimiento desde el inicio de actividades hasta su cierre, conforme a lo que conste registrado en el SRI.

¿A quién está dirigido?

A todos los contribuyentes (personas naturales y personas jurídicas) que contaban con un establecimiento para ejercer una actividad económica en el Cantón Guayaquil, pero no obtuvieron oportunamente la Tasa de Habilitación y actualmente el local se encuentra cerrado; o abierto en una dirección diferente a la inicial, por lo tanto le corresponde cumplir con el pago de la Tasa de Habilitación por el tiempo en el que funcionó el establecimiento desde el inicio de actividades hasta su cierre, conforme a lo que conste registrado en el SRI.

IMPORTANTE: Antes de efectuar cualquier trámite considerar que los siguientes casos no aplican para la Regulación de la Tasa de Habilitaciónde un establecimiento cerrado:

• Quienes realizaron una actividad económica en un espacio de su vivienda el cual no corresponde a un local u oficina.
• Quienes ocuparon un espacio físico (de manera parcial) dentro del local u oficina de otro negocio.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Regulación de la Tasa de Habilitación de un establecimiento cerrado

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Verificar que el establecimiento se encuentre cerrado en su RUC.
  • No poseer registro de Tasa de Habilitación activa para el establecimiento a nombre del interesado.
  • No poseer registro de Tasa de Habilitación inactiva para este establecimiento a nombre del interesado por los años que se desea efectuar el pago.
  • Contar con la Clave Municipal.

¿Cómo hago el trámite?

1.- Verificar que el establecimiento se encuentre cerrado en su RUC.

2.- Ingresar a la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil:  https://www.guayaquil.gob.ec/

3.- Dar clic en la sección "Servicios en Línea"

4.- Revisar en la sección “Consultas -> Tasa de Habilitación -> Tasas y Trámites” que no posea registros de Tasa de Habilitación del establecimiento cerrado.

5.- Ingresar la información correspondiente en los campos: Usuario y Contraseña.

6.- Dar clic en la opción Trámites, que se encuentra ubicada en la barra de menú. Luego dar clic en la opción correspondiente al trámite que desea efectuar, en este caso: "Tasa de Habilitación Solicitud de…> Tasa para Local Cerrado"

7.- Una vez dentro del sistema, considerar las siguientes recomendaciones:

  • Leer detenidamente lo que se indica en el recuadro que se encuentra en la parte superior antes de empezar a llenar el formulario. Tomar las consideraciones que aquí se señalan.
  • Proceder a llenar el formulario en los campos en donde el sistema los muestra con un asterisco rojo al final, en ciertos casos podrá visualizar unos vistos verdes, en los cuales deberá dar clic para validar la información registrada.

8.- En la sección “Información del Establecimiento Cerrado”, seleccionar de la lista desplegable el No.del Local donde aparecerá la información del SRI con respecto a ese local. Una vez hecho esto, los demás campos se llenan de manera automática.

9.-. Seleccionar la Actividad del Establecimiento con respecto a la información que se encuentra registrada en el SRI.

TIP: La información del campo “Nombre del Local Cerrado” que se encuentra registrado en el SRI, puede ser modificado en caso de que lo requiera. La misma consideración se debe tener para el campo “Dirección de Local Cerrado”.

10.- En la sección “Ubicación del Establecimiento”, ingresar el Código Catastral digitando el número 1 en el último recuadro. Dar clic sobre el visto verde para recuperar la información.

TIP: Este campo “Ubicación del Establecimiento” no corresponde a un campo obligatorio, por lo tanto, en caso de no contar con esta información, no la ingrese y continúe con la solicitud.

11.- En la sección “Datos del Establecimiento”, seleccionar el Tipo de Actividad conforme a la clasificación municipal, esta actividad saldrá impresa en su Tasa de habilitación de Local Cerrado.

12.- Registrar el Área y Frente que correspondían al establecimiento, declarando así el área total de ocupación del establecimiento.

TIP: No olvide que después de llenar los campos con la información requerida, dar Clic en el ícono (o flechas verdes) que se muestra al final del campo Categoría de Medidas, para proceder a actualizarlo.

13.- Ingresar la fecha de Inicio de Actividad que correspondía al establecimiento que desea registrar y la fecha del Cierre de Actividad respectivamente.

TIP: Sobre el registro de la Fecha de Inicio de Actividad y Fecha de Cierre de Actividad, las fechas de Inicio y Cierre de Actividad que va a seleccionar para su Tasa de Habilitación de Local Cerrado deberán coincidir con la información de inicio y cierre registrados para dicho establecimiento en su RUC. Si no registra fecha de cierre alguno en su RUC debido al cambio de la dirección del negocio a otro establecimiento, deberá registrar como Fecha de Cierre de Actividad la fecha en la cual actualizó el cambio de dirección.

14.- Una vez que haya finalizado el ingreso de la solicitud y con la constancia de haber verificado que la información se encuentra correcta, dar Clic en el botón Enviar.

15.- A continuación le aparece una pantalla en donde se le indica que la Solicitud de Tasa de Habilitación para un Local Cerrado se ha generado con éxito.

16.- En dicha instancia se pueden presentar dos situaciones.

Opción #1: Su trámite ha sido aprobado de forma automática

Para este caso solo debe imprimir la deuda dando clic al link que se indica en el recuadro. De esta manera obtendrá el comprobante para el pago del primer año de funcionamiento del establecimiento.

Opción #2: Se le informa que su Solicitud ha sido enviada para ser revisada por la Jefatura de Tasa de Habilitación.

En este caso la solicitud entra a un proceso de análisis por parte del departamento de Tasa de Habilitación.

TIP: Todo el avance de su trámite desde el momento del ingreso, la revisión y culminación de la solicitud del trámite, se notifica al correo electrónico asociado a su cuenta municipal.

17.- Para dar seguimiento y conocer en detalle el avance de su trámite, debe verificar la Guía para el seguimiento de trámites de Tasa de Habilitación y/o Adjuntar Documentación Adicional Solicitada.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Es muy importante considerar que el valor que se genera por concepto de Tasa de Habilitación será calculado en base a las medidas que ocupa su establecimiento.

Art. 5 - Cuantía de Tasa 
Gaceta #26  del 30/12/2011 
Gaceta #30  del 02/04/2012 
Gaceta #29  del 17/12/2020

 

Cálculo de Tasa de Habilitación desde el 2012      
Tamaño de Local en metros cuadrados  S.B.U.
Hasta 100 mts2 0.23%
Mayores a 100 mts2 0.31%
Mínimo de Cobro de Tasa de Habilitación 12% S.B.U. $48.00
Tope del Cobro de la Tasa de Habilitación es de 20 S.B.U. $8,000.00

 

PERIODO 

SBU MENORES A 100 MT2 MAYORES A 100 MT2 MINIMO TH  12% SBU MAXIMO TH 20 SBU
2012 $292.00 $0.67 $0.91 $35.04 $5,840.00
2013 $318.00 $0.73 $0.99 $38.16 $6,360.00
2014 $340.00 $0.78 $1.05 $40.80 $6,800.00
2015 $354.00 $0.81 $1.10 $42.48 $7,080.00
2016 $366.00 $0.84 $1.13 $43.92 $7,320.00
2017 $375.00 $0.86 $1.16 $45.00 $7,500.00
2018 $386.00 $0.89 $1.20 $46.32 $7,720.00
2019 $394.00 $0.91 $1.22 $47.28 $7,880.00
2020 $400.00 $0.92 $1.24 $48.00 $8,000.00

* La tarifa para el año 2021 será 0, tal como consta en el Artículo 5, conforme a la Ordenanza de estímulo tributario para la rehabilitación económica de los propietarios de inmuebles en el Cantón Guayaquil, sobre los valores a pagar por impuestos predial urbano, igualmente, el cobro y procedimiento de la Tasa de Habilitación y Control de Establecimientos en el Cantón Guayaquil”, publicada en la Gaceta Oficial No. 29 del período 2019-2023 del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, de fecha 17 de diciembre de 2020.  

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite en línea habilitado las 24 horas del día.

Regulación de la Tasa de Habilitación de un establecimiento cerrado

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Yullisa Marianela Cabello Rugel

Email: habilitacion@guayaquil.gov.ec

Teléfono: 04-2594800

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Fecha de última actualización: 2021/06/21