La Tasa de Habilitación es una obligación tributaria que debe de cumplir toda persona Natural o Jurídica que realiza una actividad económica permanente dentro de un establecimiento de cualquier índole en el Cantón Guayaquil, este es un documento mediante el cual el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal habilita el funcionamiento de un establecimiento que se encuentre en cumplimiento con las disposiciones establecidas en las Ordenanzas Municipales.
Específicamente este trámite es para aquellos establecimientos ubicados en los pasos elevados en el Cantón Guayaquil.
A toda persona Natural o Jurídica que realiza una actividad económica permanente en un establecimiento de cualquier índole y que se encuentre ubicado en un paso elevado del Cantón Guayaquil.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Emisión de la Tasa de Habilitación de local ubicado en pasos elevados
Presentar los siguientes documentos si ingresa el requerimiento de forma presencial; o, escanearlos si lo ingresa por la Ventanilla Universal Virtual:
Adicionalmente, deberá presentar la documentación de acuerdo a la actividad económica solicitada, que se indica en la Página Web: Consulta de Actividades
Si la persona que realiza el trámite no es el titular del negocio, deberá presentar una copia de la cédula y del certificado de votación junto con una carta de autorización del titular del negocio
1. Redactar la carta de solicitud.
2. Ingresar la carta junto con los requisitos en la Ventanilla Universal Virtual en la página web institucional o a través de las ventanillas indicadas en la sección ¿Dónde y cuál es el el horario de atención?
3. Posteriormente, esperar la notificación de culminación del trámite a través del correo electrónico declarado, o efectuar el seguimiento del trámite, a través de la Ventanilla Universal Virtual.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Es muy importante considerar que el valor que se genera por concepto de Tasa de Habilitación será calculado en base a las medidas que ocupa su establecimiento.
Art. 5 Cuantía de Tasa |
Gaceta #26 del 30/12/2011 |
Gaceta #30 del 02/04/ 2012 |
Cálculo de Tasa de Habilitación desde el 2012 | |||
Tamaño de Local en metros cuadrados | S.B.U. | ||
Hasta 100 mts2 | 0.23% | ||
Mayores a 100 mts2 | 0.31% | ||
Mimino de Cobro de Tasa de Habilitación 12% S.B.U. | $48.00 | ||
Tope del Cobro de la Tasa de Habilitación es de 20 S.B.U. | $8,000.00 |
PERIODO |
SBU | MENORES A 100 MT2 | MAYORES A 100 MT2 | MINIMO TH 12% SBU | MAXIMO TH 20 SBU |
2012 | $292.00 | $0.67 | $0.91 | $35.04 | $5,840.00 |
2013 | $318.00 | $0.73 | $0.99 | $38.16 | $6,360.00 |
2014 | $340.00 | $0.78 | $1.05 | $40.80 | $6,800.00 |
2015 | $354.00 | $0.81 | $1.10 | $42.48 | $7,080.00 |
2016 | $366.00 | $0.84 | $1.13 | $43.92 | $7,320.00 |
2017 | $375.00 | $0.86 | $1.16 | $45.00 | $7,500.00 |
2018 | $386.00 | $0.89 | $1.20 | $46.32 | $7,720.00 |
2019 | $394.00 | $0.91 | $1.22 | $47.28 | $7,880.00 |
2020 | $400.00 | $0.92 | $1.24 | $48.00 | $8,000.00 |
* La Tarifa por el año 2021 será 0, tal como consta en el Artículo 5, conforme a la “Ordenanza de estímulo tributario para la rehabilitación económica de los propietarios de inmuebles en el Cantón Guayaquil, sobre los valores a pagar por impuestos predial urbano, igualmente, el cobro y procedimiento de la Tasa de Habilitación y Control de Establecimientos en el Cantón Guayaquil”, publicada en la Gaceta Oficial No. 29 del período 2019-2023 del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, de fecha 17 de diciembre de 2020.
Este trámite se lo puede efectuar a través de los siguientes canales de atención:
El permiso es válido hasta el 31 de Diciembre del año en curso
Fecha de última actualización: 2021/06/21