Inscripción y marginación de embargos, demandas, interdicciones, prohibiciones judiciales de enajenar y sus cancelaciones y sentencias excepto las prescripciones adquisitivas de dominio

Inscripción o marginación de embargos, demandas, interdicciones, prohibiciones judiciales de enajenar, sentencias y sus cancelaciones

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Miguel de Urcuquí (GADMCSMU- RPCSMU)

La Función Judicial (Unidades Judiciales) o Juzgados de Coactivas podrán ordenar la inscripción o cancelación de embargos, demandas, interdicciones, prohibiciones de enajenar y sentencias en cumplimiento a lo dispuesto por un Juez, o Entidades de Control.

Actos jurídicos oficiados al Registrador de la Propiedad para el análisis, calificación jurídica y verificación de requisitos e información de cada uno de los actos que ingresan para inscripción en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley de Registro

¿A quién está dirigido?

Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera. A este trámite pueden acceder personas naturales o jurídicas, ecuatorianos o extranjeros, en cumplimiento a lo dispuesto por un Juez, o Entidades de Control.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Inscripción del trámite de limitación al dominio o cancelación de limitacion al dominio en el Registro de la Propiedad de Urcuquí

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Oficio suscrito por el juez que emitió la providencia, auto o sentencia  en el que solicita al Registrador de la Propiedad la inscripción de la misma.
  • 2 copias certificadas de las providencias, autos  judiciales  o sentencia con la razón de ejecutoria suscrita por el secretario del juzgado. (todas las piezas procesales de ser el caso)
  • Deprecatorio si la notificación es de otro cantón.
  • Certificado de gravámenes actualizado, en el caso de las sentencias (VIGENCIA 45 DÍAS)

¿Cómo hago el trámite?

Canal Presencial, Edificio Municipal, calle Guzmán y Antonio Ante

  1. El usuario deberá presentar los requisitos en Ventanilla de Ingreso de Documentos del Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Urcuquí.
  2. El personal de Recaudación revisará la documentación e informará el costo del trámite.
  3. El personal de Recaudación recaudará los valores y entregará la Nota de Retiro del Trámite (factura) al usuario.
  4. Una vez transcurrido el plazo determinado, el usuario deberá retirar su trámite en la Ventanilla de Entrega de Documentos presentando la Nota de Retiro del Trámite.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

La tabla de aranceles y tarifas de los trámites registrales consta en la Ordenanza para la Organización, Administración y Funcionamiento del Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón San Miguel de Urcuquí. Ordenanza 002-2022.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas del Registro de la Propiedad, Edificio Municipal

  • De lunes a viernes
  • De 08h00 a 17h00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Ing. Katty Parra

Email: katty.parra@urcuqui.gob.ec

Teléfono: (06) 2939 211


Fecha de última actualización: 2025/12/04

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