El permiso Municipal de Publicidad Exterior es el acto administrativo con el que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Miguel de Urcuquí, autoriza a su titular la utilización o aprovechamiento del espacio público para colocar publicidad exterior dentro de la circunscripción territorial del Cantón Urcuquí.
Este permiso está dirigido a todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho privado o público, o las comunidades que utilicen o aprovechen el espacio público y privado para colocar publicidad exterior dentro de la circunscripción territorial del Cantón Urcuquí.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
El usuario obtiene el Permiso para colocar la publicidad exterior en un determinado sitio
a) Solicitud dirigida al Alcalde o Alcaldesa.
b) Copia de cédula de identidad y papeleta de votación del peticionario, en caso de ser persona jurídica se requerirá copia del Registro Único de Contribuyentes RUC y nombramiento del Representante legal.
c) Certificado de no adeudar al Municipio.
d) Resumen ejecutivo, texto y/o gráficos, que expliquen los medios de publicidad exterior propuestos, la ubicación gráfica exacta donde se instalarán, diseño de la estructura, materiales y especificaciones técnicas para su construcción, dimensiones, número de teléfono, dirección y correo electrónico para la entrega de cualquier tipo de notificaciones.
e) Copia de la carta del impuesto predial del año vigente, correspondiente al inmueble en el cual se va a instalar el medio publicitario.
f) Para el caso de medios publicitarios a instalarse en las medianías visibles que sobrepasen la altura permitida, en las culatas y fachadas laterales, o en el caso de vallas que se instalen en retiros laterales, se presentará la autorización notarizada del propietario del predio colindante; en caso de propiedad horizontal, la autorización de la Asamblea de copropietarios debidamente notarizada, de ser el caso.
g) Permiso de funcionamiento y patente municipal actualizada del solicitante, emitido por autoridad competente.
Informe técnico suscrito por un ingeniero civil que garantice la estabilidad de la estructura de sustentación; en el caso de vallas o tótems con altura igual o superior a 6,00 m de altura, siempre que su instalación sea posible.
Presencial, Edificio Municipal, primer piso, ubicado en las calles Guzmán y Antonio Ante
Una vez que el usuario presente en ventanilla todos los requisitos señalados, los mismos son enviados a Comisaría Municipal , para su validación, a su vez se realizará la inspección in situ para verificar el metraje y el sitio ubicado de la publicidad. Posteriormente, se emite el correspondiente permiso para colocar la publicidad, luego de cumplir con los requisitos.
Canales de atención: Presencial.
Conforme se encuentra normado en el artículo 24 de la Ordenanza 005-2023 que Regula la Instalación y Control de la Publicidad Exterior en el Cantón San Miguel de Urcuquí.
Edificio Municipal, calle Guzmán y Antonio Ante
El permiso Municipal tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de cada año y se renovará a petición de parte hasta el 31 de Mayo de cada año, para el efecto se procederá al pago de la tasa correspondiente. El valor por concepto de tasa se pagará a través de las ventanillas de recaudación del GADMU.
La ordenanza, en el capítulo IV, artículos 13 al 19 norma lo específico a publicidad exterior.
Fecha de última actualización: 2025/12/02