Es el proceso mediante el cual se establece una restricción a los registros de un vehículo, a fin de que impida realizar uno o más procesos de matriculación vehicular. Para que un bloqueo sea válido deberá ser ingresado en la Base Única Nacional de Datos de la ANT y deberá contar con el documento de soporte correspondiente.
En los casos que se ha suscrito un contrato de compra venta pero este no ha sido debidamente notariado o no se haya generado ningún tipo de documento para el efecto, hasta antes de la entrada en vigencia la presente Resolución, quien conste o no propietario del vehículo en la Base Única Nacional de Datos de la Agencia Nacional de Tránsito, podrá realizar una solicitud de bloqueo:
Adjuntando una Declaración Juramentada conforme consta en el anexo 1 de la presente Resolución, en la cual indique expresamente la fecha en la que se realizó la venta del automotor. La Agencia Nacional de Tránsito deberá analizar y de proceder, registrará el bloqueo de la unidad en la Base Única Nacional de Datos de la Agencia Nacional de Tránsito, tomando en cuenta la fecha de venta.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Proceso realizado Exitosamente
En caso que el trámite lo realice una tercera persona, traer original de autorización simple y copia de cédula del titular, y si existe pérdida/robo de documentos habilitantes del trámite presentar la denuncia realizada ante el Consejo de la Judicatura. No es necesario que esté firmada y/o sellada por la Fiscalía
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
Depende del tramite a realizar
UNIDAD DE TRANSITO MUNICIPAL
AV. MIGUEL INFANTE, CALLE MIRA FLORES ( ESQUINA)
DE LUNES A VIERNES DE 08H00 am A 12h40 am y DE 13H40 pm A 17h00 pm
Fecha de última actualización: 2021/06/16