Es el procedimiento mediante el cual los herederos de un bien inmueble acuerdan de manera voluntaria la división y adjudicación del mismo, sin necesidad de acudir a un proceso judicial. Este trámite se realiza cuando todos los herederos están de acuerdo en la distribución del bien, y permite establecer qué parte corresponde a cada uno, para posteriormente legalizar la adjudicación, inscribirla en el Registro de la Propiedad y, si es el caso, realizar la venta de los predios resultantes.
En caso de que el propietario haya fallecido, se deberá adjuntar la posesión efectiva debidamente legalizada. Además, el trámite deberá contar con la firma de todos los herederos, quienes deberán realizar previamente la adjudicación del bien, a fin de poder proceder posteriormente con la venta del predio.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
APROBACIÓN DE PARTICIÓN EXTRAJUDICIAL
Cumplir con las ordenanzas vigentes.
Poder especial (cuando uno o varios de los herederos no pueden presentarse por sus propios derechos para realizar el trámite y designa(n) a un tercero).
Ingreso del trámite:
El trámite ingresa por Secretaría General, donde se recepta la documentación presentada por los interesados.
Remisión a Procuraduría Síndica:
El Alcalde remite, mediante memorando, el expediente a la Procuraduría Síndica para la revisión legal de la documentación.
Informe jurídico preliminar:
La Procuraduría Síndica analiza la documentación y remite el expediente, junto con su informe, a la Dirección de Planificación.
Revisión técnica:
La Dirección de Planificación realiza la revisión técnica, inspección correspondiente y elabora el informe técnico para la aprobación del trámite.
Solicitud de avalúo:
La Dirección de Planificación remite un memorando a la Jefatura de Avalúos y Catastros solicitando el avalúo del predio.
Emisión de avalúo:
La Jefatura de Avalúos y Catastros realiza el avalúo correspondiente y devuelve el expediente a la Dirección de Planificación.
Aprobación técnica:
El Director de Planificación, con base en los informes técnicos, remite el expediente mediante memorando al área jurídica, incluyendo la aprobación de los planos.
Informe jurídico final:
El área jurídica emite el informe correspondiente y remite el expediente a Secretaría General para que sea puesto en conocimiento del Concejo Municipal.
Aprobación del Concejo:
El Concejo Municipal conoce y resuelve sobre el trámite.
Entrega del trámite:
Una vez aprobado, se procede a la entrega del expediente al usuario.
Canales de atención: Presencial.
Especie valorada $ 2,00
No adeudar $ 2,00
Ficha Registrar $ 10,00
Edificio del GAD Municipal del Cantón Pichincha
Lugar: Luis María Pinto y 10 de Agosto frente a la Plaza Cívica.
Horario de Atención: Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Fecha de última actualización: 2026/04/08