El trámite de inscripción de Testamento, consiste en inscribir la disposición de bienes que realiza una persona antes de su muerte, para sus herederos o legatarios. Legatario: Es aquella persona particular, que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia. |
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero o legatario de los bienes dejado por la persona fallecida mediante testamento. |
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Razón de Inscripción de Testamento
Nota devolutiva para hacer las correcciones necesarias del caso
Negativa de inscripción en los casos determinados en el literal a) del Art. 11 de la Ley de Registro
1. Pago del arancel por el servicio de inscripción a favor del GAD - MUNICIPAL a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos". 2. Escritura de Testamento. |
En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización debidamente suscrita. Certificado de Gravamen o de bienes otorgado por el Registro de la Propiedad en el caso de que tenga bienes inmuebles. |
TRÁMITE EN LÍNEA: 1. Ingresar en la opción "trámite en línea". 2. Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente. 3. Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea). 4. Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad. 5. Pagar el arancel registral a favor del GAD - MUNICIPAL de Santa Rosa, a través de los mecanismos de recaudación habilitados. 6. Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea). 7. Recibir por medio de correo electrónico la factura emitida por el Registro de la Propiedad. 8. Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción. TRÁMITE PRESENCIAL: 1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad. 2. Subsanar observaciones (en caso de existir). 3. Realizar el pago según las formas aceptadas. 4. Retirar la razón de inscripción. NOTA: *El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en el formulario en línea. *Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir). *En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea. *El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días. |
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El costo de inscripción del Testamento es de OCHENTA DÓLARES AMERICANOS (USD 80,00), de conformidad a lo determinado en el Art. 6 literal a) de la ORDENANZA QUE REGULA LA TABLA DE ARANCELES DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN SANTA ROSA., aprobada por el Concejo Municipal los dias 11 y 19 de Diciembre de 2014. FORMAS DE PAGO Los pagos del arancel registral se realizarán mediante transferencia o depósito en el Banco de Machala o Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Rosa Ltda., en las cuentas a nombre del GAD - MUNICIPAL asignadas para el efecto. |
Horario: De lunes a viernes de 08h00 - 12h00 y 14h00 - 18h00 TRÁMITE EN LÍNEA: La plataforma se encuentra disponible las 24 horas. TRÁMITE PRESENCIAL: De 08h00-12h00 y 14h00-18h00 |
La inscripción del Testamento tiene validez permanente, salvo resolución judicial o administrativa. |
Fecha de última actualización: 2021/03/26