PERMUTA

La permuta es un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa para recibir otra. Es un intercambio de cosas.

Este contrato no es igual que el de la compraventa, ya que en el de compraventa un contratista se obliga a dar una cosa a cambio de dinero. En el caso de la permuta no se intercambia una cosa por dinero sino una cosa por otra.

La permuta consiste en el traslado de la propiedad de la cosa. Si una de las partes finalmente no es titular de la cosa, la otra parte puede terminar el contrato, ya que no se puede transmitir algo que no es de tu propiedad.

¿A quién está dirigido?

Todas las personas que tengan capacidad de obrar pueden realizar el contrato de permuta. En cuanto a los menores emancipados podrán realizar las permutas, pero necesitarán un complemento de capacidad para permuta de inmuebles, establecimientos mercantiles u otros objetos de valores. Este complemento se dará por sus padres o tutores.

 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

PERMUTA

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Obligaciones

Las dos obligaciones principales de los contratistas de la permuta son:

  1. Los contratistas tienen la obligación de entregar la cosa.
  2. Garantizar que la cosa entregada no tiene cargas.

Requisitos Obligatorios:

  • 2 testimonio de la escritura certificada.
  • Copia del Ruc inserta como habilitante en caso de personas jurídicas.
  • Certificado de gravámenes actualizado 
  • Carta de pago del impuesto predial del año en curso. (2)
  • Oficio de transferencia de dominio (2)
  • Pagos de alcabalas y plusvalía de existir
  • Certificado de actualización de avalúo del predio (2)
  • Verificar que no exista diferencia en el área y linderos con respecto al certificado catastral actualizado o no exista dimensiones en los linderos igual en el caso de no conste el área del terreno en la escritura, en caso de haber diferencia o excedentes de superficie. primero regularizar la superficie del bien inmueble en el GADMUR, antes de realizar la nueva escritura de traspaso de dominio. Según ordenanza que regula el ejecicio del Registro de la Propiedad del Cantón Santa Lucía.  http://www.gadsantalucia.gob.ec/Sub_paginas/Municipalidad/Ordenanzas_page_5.htm.
  • Requisitos Especiales:

En la escritura debe constar:

a) EN CASO DE BIENES DECLARADOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL

  • Certificado de Expensas correspondiente al mes que solicita la Inscripción.
  • Nombramiento y copia de cédula del administrador del edificio y/o conjunto habitacional o Declaración Juramentada de que no se ha nombrado Administrador y exime de responsabilidad al Registrador de la Propiedad.

 

Requisitos Especiales:

Si la permuta es de bienes inmuebles de menores de edad, adicionalmente a los requisitos, se deberá adjuntar la siguiente documentación:

a) Autorización judicial debidamente ejecutoriada.

Si el o los comparecientes son entidades del sector público o empresas públicas además se deberá adjuntar la siguiente documentación

¿Cómo hago el trámite?

  1. Es consensuado: esto quiere decir que, para poder ser redactado, celebrado y ejecutado, debe haber consentimiento total entre las dos partes firmantes. 
  2. Es recíproco: en este tipo de contrato, una de las partes no puede recibir algo de la otra sin dar algo a cambio, y viceversa.
  3.  Este trámite pueden acceder personas Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera que deseen inscribir este contrato celebrado entre dos partes, por el que estas se obligan a transmitir a otra la propiedad de una cosa (mueble o inmueble), con el fin de que ésta, a su vez, se obligue a transmitirle la propiedad de otra cosa

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

La tabla de aranceles a pagar por la certificación de Historia de Dominio y Gravámenes de un predio consta en el Art. 17 numeral 2. literal C), de la ORDENANZA QUE REGULA EL EJERCICIO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD EN EL CANTÓN SANTA LUCÍA., aprobada por el Concejo Municipal del Cantón Santa Lucía,  el 25 de Agosto del 2011. 

Los pagos se realizarán mediante transferencia o depósito bancario a la Cuenta Corriente del BANECUADOR No.- 1170000547 a nombre del GAD Municipal del Cantón Santa Lucía. Ruc. No. 0960002000001 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

OFICINAS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN SANTA LUCÍA

  • HORARIO DE ATENCIÓN: Lunes a Viernes de 08h00 am - 16h30 pm.
  • LUGAR: INSTALACIONES DE LA EX ESCUELA ENRIQUE LOPEZ LASCANO. (AV. MANUEL ARMAS PALLO)

Contacto para atención ciudadana

Contacto: REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTÍL SANTA LUCÍA

Email: registro.propiedad.gadstalucia91@gmail.com

Teléfono: 00000000

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2020-06 0 1
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Fecha de última actualización: 2021/06/09

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