El usuario mediante este trámite realiza la modificación correspondiente de diversos datos como: clave catastral, cédula de Identidad, RUC, nombre o razón social, dirección, actualización de correo electrónico, del predio respectivo, para la carta de consumo.
El registro del consumo de agua potable se lo efectuará a través de medidores instalados para cada una de las viviendas (domicilios), locales y centros comerciales, industrias y entidades públicas en la fachada frontal para una fácil toma de lectura del consumo. En caso de que no sea posible la instalación en la parte frontal, la DAPAC-R previo una análisis técnico del Jefe de Comercialización, determinará el lugar a ser colocado el medidor.
Los beneficiarios de las instalaciones de nuevas acometida de agua potable deben ser propietarios de un predio dentro del cantón Rumiñahui para acceder al servicio, este trámite lo puede realizar solo el titular o dueño del predio o en caso especial un apoderado con su respectiva autorización
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
ACTUALIZACIÓN DE DATOS DAPAC
El trámite no requiere de un requisito especial
Adquirir el Formulario actualización de datos (Debe adquirirlo en atención al ciudadano Municipal, ventanilla 16).
Adjuntar:
Ingresar la documentación en la Ventanilla 16 Atención al Ciudadano o Ventanilla digital de atención al ciudadano, enviar al correo tramites@ruminahui.gob.ec
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
GADMUR
Ventanilla 16 Atención al Ciudadano o Ventanilla digital de atención al ciudadano, enviar al correo tramites@ruminahui.gob.ec
Lunes a viernes 07h30 a 16h00
Art. 10.- Facultades de la DAPAC-R.- A la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Comercialización DAPAC- R le corresponde:
1. Autorizar las acometidas para brindar los servicios de agua potable y alcantarillado;
2. Instalar a costa del usuario, las obras necesarias para realizar la instalación de las acometidas desde la matriz a la línea de fábrica en condiciones técnicas y reglamentarias;
3. Realizar el cambio de los medidores de agua potable, cuando la luna de éste, se encuentre cristalizada y/o opaca y no permitan la toma de lectura del consumo diario; así como, cuando los medidores se encuentran con alguna tipo de avería y/o daño;
4. Suspender el servicio hasta que se concluya las reparaciones en caso de comprobarse que existan desperfectos considerables en las instalaciones interiores de los inmuebles, no acordes con las normas, técnicas, sanitarias o provisión normal del servicio;
5. Imponer sanciones a los usuarios por cometer infracciones a la presente ordenanza;
6. Proceder al desmantelamiento de las conexiones e instalaciones clandestinas y bypass, y el
secuestro de los materiales y elementos usados en las mismas;
7. Suspender el servicio de agua potable previo aviso o sin él, a uno o varios sectores del Cantón, para efectuar reparaciones en los sistemas de conducción, por desperfectos o daños al mismo, ocasionados por eventos de fuerza mayor o caso fortuito que impidan la provisión normal del servicio;
8. Suspender el servicio al predio, por petición del abonado cuando la propiedad esté deshabitada o se trate de un terreno baldío;
9. Adoptar las acciones legales en contra de los usuarios que mantengan obligaciones vencidas con el GADMUR por concepto de servicios agua potable y alcantarillado, con el fin de recaudar y recuperar los valores correspondientes; y,
10. Mantener actualizado el registro de usuarios y su consumo mensual de agua potable.
Fecha de última actualización: 2021/06/25