RENTAS

El GADM - PASTAZA con el objetivo de bridar la atención oportuna en  el trámite que se va a realizar IMPUESTO de RODAJE MUNICIPAL, Comenzando un año se deberá pagar el impuesto correspondiente al mismo, aun cuando la propiedad del vehículo hubiere pasado a otro dueño, quién será responsable si el anterior no lo hubiere pagado.
Previa la inscripción del nuevo propietario en la jefatura de tránsito correspondiente se deberá exigir el pago de este impuesto, a través de la Unidad de Rentas.

¿A quién está dirigido?

Todo propietario de todo vehículo deberá satisfacer el impuesto anual que se establece en el COOTAD, como Impuesto a los Vehículos (RODAJE).
La base imponible de este impuesto es el avalúo de los vehículos que consten registrados en el Servicio de Rentas Internas y en los organismos de tránsito correspondientes.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Determinación impuesto rodaje

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Pago del impuesto de matricula (banco o cooperativa).

Matrícula del vehículo original o copia.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Se recepta en la Unidad de Rentas la matrícula del vehículo.
  2. Adjuntar los  requisitos  obligatorios, e ingreso por ventanilla.
  3. Se procede a ingresar la información y generar el impuesto de rodaje.
  4. El usuario debe acercarse a recaudación y proceder a pagar

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

De acuerdo al Art. 538 y 539 del COOTAD
 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

OFICINA DE RENTAS MUNICIPALES

GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN PASTAZA

FCO. DE ORELLANA Y 9 DE OCTUBRE

DE LUNES A VIERNES DE 08H00 A 16H00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

1 año fiscal

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Asistente Técnico Rentas

Email: rentas@puyo.gob.ec

Teléfono: 032994240 ext 244

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 1389
2 2024-02 0 950
3 2024-03 0 680
4 2023-01 0 1290
5 2023-02 0 2240
6 2023-03 0 2158
7 2023-04 0 1737
8 2023-05 0 1525
9 2023-06 0 1590
10 2023-07 0 1431
11 2023-08 0 1482
12 2023-09 0 1275
13 2023-10 0 1463
14 2023-11 0 1038
15 2023-12 0 627
16 2022-01 0 898
17 2022-02 0 1765
18 2022-03 0 1782
19 2022-04 0 1495
20 2022-05 0 1554
21 2022-06 0 944
22 2022-07 0 1678
23 2022-08 0 1655
24 2022-09 0 1324
25 2022-10 0 1179
26 2022-11 0 1078
27 2022-12 0 842
28 2021-01 0 864
29 2021-02 0 1829
30 2021-03 0 1892
31 2021-04 0 1346
32 2021-05 0 1390
33 2021-06 0 1385
34 2021-07 0 1336
35 2021-08 0 1397
36 2021-09 0 1159
37 2021-10 0 999
38 2021-11 0 1056
39 2021-12 0 706
40 2020-09 0 30

Fecha de última actualización: 2023/02/09