Servicio Agua Potable

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Oña (GADMC-OÑA)


 El otorgamiento del derecho de agua potable por parte del Municipio consiste en el acto administrativo mediante el cual la autoridad local autoriza a un usuario a acceder legalmente al servicio público de abastecimiento de agua, Este derecho se concede previa solicitud formal, verificación de requisitos técnicos y en cumplimiento a la ordenanza vigente. El proceso incluye la revisión de la disponibilidad del recurso, la factibilidad de conexión a la red pública y la aprobación de planos o documentación necesaria, Una vez autorizado, el usuario adquiere el derecho de uso bajo condiciones específicas, como el pago de tasas, el respeto a los límites de consumo, El Municipio, como ente responsable, garantiza la prestación continua, segura y de calidad del servicio, asegurando además el mantenimiento de la infraestructura. Este otorgamiento no implica propiedad sobre el recurso hídrico, sino un permiso regulado para su uso, El Director de servicios y Obras Públicas, aprueba el pedido del servicio de agua potable y autoriza la inmediata instalación de la acometida de agua potable previo los pagos correspondientes en base a la ordenanza municipal del agua potable.
 

¿A quién está dirigido?

El otorgamiento del derecho de agua potable por parte del Municipio consiste en el acto administrativo mediante el cual la autoridad local autoriza a un usuario a acceder legalmente al servicio público de abastecimiento de agua, Este derecho se concede previa solicitud formal, verificación de requisitos técnicos y en cumplimiento a la ordenanza vigente. El proceso incluye la revisión de la disponibilidad del recurso, la factibilidad de conexión a la red pública y la aprobación de planos o documentación necesaria, Una vez autorizado, el usuario adquiere el derecho de uso bajo condiciones específicas, como el pago de tasas, el respeto a los límites de consumo, El Municipio, como ente responsable, garantiza la prestación continua, segura y de calidad del servicio, asegurando además el mantenimiento de la infraestructura. Este otorgamiento no implica propiedad sobre el recurso hídrico, sino un permiso regulado para su uso, El Director de servicios y Obras Públicas, aprueba el pedido del servicio de agua potable y autoriza la inmediata instalación de la acometida de agua potable previo los pagos correspondientes en base a la ordenanza municipal del agua potable.
 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Derecho agua potable

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

» Realizar un oficio de petición dirigido al señor Alcalde,
 

¿Cómo hago el trámite?

"» El usuario debe adquirir una hoja de especie valorada para la redacción del oficio de petición dirigido al señor Alcalde. 
» Se debe dejar el oficio en el Departamento de secretaría general para su respectiva recepción, y en lo posterior en su respectiva autorización.
» Después de que se emita la autorización por parte del Alcalde que dura un día aproximadamente, dependiendo si el Alcalde se encuentra.
» El usuario tiene que dirigirse al Departamento de Servicios y Oras Públicas, para preguntar de su trámite.
» Desde el Departamento de Obras Públicas analiza la solicitud y se coordina con usuario para la respectiva inspección el mejor análisis en campo.
» Se levanta el informe de parte del Inspector de Servicios Municipales, en el cual se ve la factibilidad o no.
» En caso de ser favorable la instalación el Departamento solicita a la parte Financiera la autorización para emitir los rubros por la instalación del derecho de agua.
» Posteriormente el usuario debe cancelar los respectivos valores en la ventanilla para en lo posterior realizar la instalación del derecho.
» Después del pago el usuario y el departamento se debe coordinar cuando se ve factible con el personal la instalación."
 


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

"» $ 1,50 = de hoja valorada
» $ 1,50 = de formulario de conexión
» $ 150,00 = Costo de derecho
» $ 39,93 = Costo del medidor(este es opcional pagar en el GADM o comprar el usuario)
» $ 3,00 = Cada hora de trabajo"
 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

» 30 días a partir de la solicitud.
 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Carlos Cajas

Email: ccajas@ona.gob.ec

Teléfono: 0978985952


Fecha de última actualización: 2026/04/15

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