El trámite de interdicción es el procedimiento mediante el cual se declara judicialmente la incapacidad de una persona para administrar sus bienes, designando un representante legal que vele por sus intereses, para su inscripción en el Registro correspondiente conforme a la normativa vigente aplicable.
Los beneficiarios del trámite de interdicción son la persona declarada incapaz y sus representantes legales, quienes obtienen protección jurídica y administración adecuada de sus bienes, garantizando el resguardo de sus derechos conforme a la normativa vigente aplicable.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.
Inscripción de Gravamen.
Sentencia judicial firme que declare la interdicción y designe al curador o tutor, debidamente protocolizada o registrada en el registro correspondiente..
Certificación médica o pericial que acredite la incapacidad total o parcial de la persona interdicta, según lo exigido por la autoridad judicial.
El trámite de interdicción se realiza de manera presencial en la ventanilla del Registro correspondiente, dentro de nuestras instalaciones, donde se recepta, revisa, analiza y procesa la documentación presentada, verificando el cumplimiento de los requisitos legales y la resolución judicial conforme a la normativa vigente aplicable.
Canales de atención: Presencial.
Conforme a la Tabla de Aranceles del Registro de la Propiedad (Art. 36, Ordenanza Municipal N.º 1, Registro Oficial Edición Especial 1642).
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Montalvo, perteneciente a la provincia de Los Ríos, ubicado en la intersección de las calles Antonio de la Bastida y 10 de Agosto, con horario de atención de 08h00 a 17h00, de lunes a viernes.
hasta cuando quiera trasferencia de dominio
Contacto: REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTON MONTALVO PROVINCIA DE LOS RIOS
Email: registro@montalvo.gob.ec
Fecha de última actualización: 2026/04/17