Documento oficial emitido por la autoridad municipal que autoriza la instalación de anuncios, vallas o elementos publicitarios en espacios de vía pública, asegurando que su ubicación cumpla con la normativa de seguridad, urbanismo y tránsito.
Los beneficiarios del trámite de Certificado de Uso de Vía Pública por Publicidad son las empresas publicitarias, comercios y negocios locales, así como las personas naturales que deseen colocar publicidad autorizada en espacios públicos, quienes obtienen la autorización municipal correspondiente conforme a la normativa vigente aplicable.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
CERTIFICADO DE USO DE VÍA PÚBLICA POR PUBLICIDAD
1. Solicitud en especie valorada, de certificado de uso de suelo para para publicidad
2. Copia del certificado de no adeudar al GADM-MONTALVO
3. Copia de cedula de ciudadanía del Gerente o solicitante
4. Copia del Certificado de votación del Gerente o solicitante
5. Copia del Nombramiento del Gerente (de ser necesario)
6. Copia Patente Actualizada
7. Informe de letreros a Instalar o instalados donde debe contar el número de letreros, especificaciones de medidas, ubicación y fotografía de los mismos
Solicitud formal con plano de ubicación de la publicidad
Documento de propiedad o autorización del propietario del inmueble colindante (si aplica)
Pago de tarifas municipales correspondientes
Cumplimiento de normas de seguridad y tránsito
Especificación de dimensiones, materiales y tipo de publicidad
El trámite de Certificado de Uso de Vía Pública por Publicidad se realiza a través de la Dirección de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, mediante la Plataforma Virtual, donde se recepta, revisa, valida y procesa la documentación presentada, verificando el cumplimiento de los requisitos técnicos, legales y de ocupación de la vía pública establecidos en la normativa vigente aplicable.
Canales de atención: Presencial.
LA ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACIÓN Y CONTROL DE LA PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL CANTÓN MONTALVO . 0,5 a 3 metro cuadrado 2 % de la RMU Por letrero 3 a 6 metros cuadrados 5 % de la RMU Por letrero 6 a 10 metros cuadrados 10 % de la RMU Por letrero 10 a 15 metros cuadrados 20% de la RMU Por letrero 15 Metros cuadrados en adelante 25% de la RMU Por letrero Vallas Publicitarias 1 SBU Por Valla En el caso de vallas móviles, estas pagaran el valor correspondiente por cada lámina publicitaria.
Dirección de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, Lunes a Viernes, 08h00 a 17h00
1 año
Fecha de última actualización: 2026/07/20