La creación de la clave catastral es el trámite mediante el cual un predio obtiene un código único que lo identifica dentro del catastro municipal, funcionando como su “cédula” y permitiendo su registro oficial para efectos legales, tributarios y administrativos; este proceso es indispensable para realizar transferencias de dominio, acceder a servicios básicos, cumplir con obligaciones municipales y garantizar la seguridad jurídica de la propiedad.
Los beneficiarios del trámite de creación de clave catastral son principalmente:
Propietarios de predios urbanos y rurales, quienes requieren identificar legalmente su terreno o construcción.
Compradores o futuros propietarios, ya que la clave es requisito para transferencias de dominio y escrituras.
Municipios y gobiernos locales, porque facilita la recaudación de impuestos prediales y la planificación territorial.
Entidades públicas y privadas (notarías, registros de la propiedad, empresas de servicios básicos) que necesitan un código único para ubicar el predio.
La comunidad en general, al contar con un catastro actualizado que permite un mejor ordenamiento urbano y rural.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.
OBTENER CLAVE CATASTRAL PREDIAL
- Solicitud dirigida al Alcalde
- Copia de la Cédula de Identidad y certificado de votación
- Certificado de no adeudar al municipio
- Levantamiento planimétrico georreferenciado con coordenadas UTM
- Declaración Juramentada (Notaria)
- Carpeta color amarilla
Entregar la documentación en la Oficina de Alcaldia
Ninguno
Se ingresa la documentación en secretaria de Alcaldía, luego se traslada lo solicitado al Departamento de Planificación mediante sumilla del Alcalde, se direcciona a la Jefatura de Regulación y Control Urbano y Rural en donde se revisa la documentación y que el predio cumpla con las normas (PUGS), posterior de ser favorable se traslada a la Jefatura de Catastros Inmobiliarios quien revisa las coordenadas, ubicación y revisar que el predio no este registrado o posea escrituras. Posterior a esto de ser favorable se envía el registro al área financiera para que se procedan a realizar el ingreso al sistema. El ingreso de los predios al catastro no da título de propiedad es un inventario de bienes inmuebles.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
De lunes a viernes de 08h00 a 12h00 y de 13h00 a 17h00
Contacto: ROBERTH QUEZADA
Email: rquezada@municipiomacara.gob.ec
Teléfono: (593) 07/2694-219/2694-965
Fecha de última actualización: 2025/09/03