GADMLI

Este trámite consiste en inscribir la posesión efectiva de los bienes de un heredero.

La posesión efectiva es un trámite para establecer quienes son los herederos de la persona fallecida de la universalidad de los bienes siempre que no exista un testamento de por medio.

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero de los bienes dejado por la persona fallecida.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

 ¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

 Razón de Inscripción de Posesión Efectiva.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Registro correspondiente de la posesión de un bien inmueble.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Los requisitos necesarios son:

  • Escritura pública (primera y segunda copia) otorgada por un notario, la que debe contener todos los documentos habilitantes.
  • Pago del arancel registral a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos".

Requisitos Especiales:

  • Se adjuntará el pago del impuesto a la Renta de ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones al SRI.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Revisar que toda la documentación contenga los requisitos establecidos para su inscripción.
  2. De manera presencial acercarse a la oficina del Registro de La Propiedad, para realizar el ingreso de la documentación, previa solicitud de orden de pago.
  3. No adeudar al GAD Municipal de Limón Indanza.
  4. Realizar el pago respectivo en ventanilla de Tesorería del GAD municipal, y guardar la factura emitida por la Recaudadora.
  5. El Asistente le indicará el tiempo de la entrega de su inscripción de la escritura pública presentada, concluido el tiempo usted podrá acercarse a la oficina del Registro de la Propiedad  para retirar su trámite.

NOTA: En el caso de ser necesario el Registrador de la Propiedad solicitará más tiempo de lo indicado, sin que pueda excederse de lo señalado en la ley.

  1. El usuario presentará su factura emitida por la Recaudadora para la entrega de los documentos inscritos o escrituras, en caso de no presentar no se le hará la entrega de los tramites solicitados.
  2. Razón de Inscripción de Posesión Efectiva.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El arancel del certificado se encuentra establecido en la Ordenanza Para La Organización Administración y Funcionamiento del Registro Municipal De La Propiedad y Mercantil Del Cantón Limón Indanza.

CAPITULO VII

DE LOS ARANCELES Y SUSTENTABILIDAD DEL REGISTRO.

Art. 37.- Aranceles del registro.- Los aranceles a ser cancelados por los usuarios del Registro de la Propiedad del Cantón Limón son:

2.- Para el pago de derechos de registro, calificación e inscripción de los siguientes actos, incluyendo los gastos generales se establecen los siguientes valores:

  1. Por la inscripción de posesiones efectivas, la cantidad de diez dólares americanos (10 USD).

A este se sumará un valor correspondiente al concepto “costo de servicios administrativos”; costo final es de 11.00 dólares.

NOTA: Los pagos se realizarán la Tesorería Municipal del Gobierno Autónomo  Descentralizado Municipal del Cantón Limón Indanza.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario: Lunes a Viernes 07:30 a 16:30 horas.

Tramite Presencial:

Provincia de Morona Santiago, Cantón Limón Indanza, ciudad General Leónidas Plaza, en la calle Teniente Hugo Ortiz y calle Simón Bolívar, a lado de la cancha “La Playa”.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Abg. Hugo López, Registrador de la Propiedad del cantón Limón Indanza

Email: hmarcelopez21@hotmail.com

Teléfono: 07- 2770-515 ext. 109


Fecha de última actualización: 2021/04/26