Desde el momento en que se constituye una concesión minera, se otorga un permiso para minería artesanal o una autorización para libre aprovechamiento, los predios superficiales están sujetos a las siguientes servidumbres, que podrán durar el tiempo máximo que dure la concesión
Titulares de pequeña minería o permisos de minería artesanal
- Persona Jurídica - Privada.
-Persona Jurídica - Pública.
- Persona Natural - Ecuatoriana.
-Persona Natural - Extranjera..
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
SERVIDUMBRES MINERAS
1. Solicitud dirigida a la máxima autoridad de servidumbre minera
2. Actos Administrativos previos
1. Solicitud del Sistema de Gestión Minera
(Usuario)
1. Ingreso de petición
(áridos y pétreos)
2. Revisión de documentación
3. Elaboración de informe técnico
4. Solicitud de perito técnico para calificación del espacio a ser concedido en servidumbre minera
5. Generación de pago (a ser definido por el perito técnico y será cancelado por el peticionario)
6. Elaboración de informe favorable previo elaboración de resolución
(comisaría ambiental)
7. Elaboración de Informe legal
8. Elaboración de borrador de resolución
(Máxima Autoridad del GAD-i o su Delegado)
9. Firma y notificación de resolución de Servidumbre Minera
(usuario)
10. Protocolización e inscripción en registro minero
11. Entrega de copia de resolución inscrita en el GAD-I
fin de trámite
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
A definirse durante el proceso
08h00 a 12h30
14h00 a 17h30
Mientras se mantenga vigente la concesión minera.
Contacto: Sandra Torres
Teléfono: 063700200 ext. 3011Fecha de última actualización: 2025/03/18