Es el registro de acuerdo a la ordenanza municipal que, deben realizar los propietarios de los bienes inmuebles que tienen inquilinos en sus viviendas, este tramite se lo hace de forma presencial o virtuall
A este trámite pueden acceder personas naturales o jurídicas, ecuatorianos o extranjeros, que tienen en arriendo sus propiedades dentro del cantón ibarra.
Persona Jurídica - Privada
Persona Jurídica - Pública
Persona Natural - Ecuatoriana
Persona Natural - Extranjera
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
REGISTRO DE INQUILINATO
Nota: La información que debe proporcionar la persona que realiza el trámite es la siguiente: Nombres de los inquilinos, área arrendada a cada inquilino y valor que paga cada inquilino.
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Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El valor a cancelar por el registro de inquilinato dependerá del valor del arriendo, avaluó de la propiedad, con un valor mínimo de $ 5,50 y un máximo de $ 27,50.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Miguel de Ibarra brinda sus servicios a la ciudadanía en las calles Simón Bolívar 6-31 y García Moreno.
HORARIOS DE ATENCIÓN
8:00 a 12:30
14:00 a 17:30
Este trámite se lo debe realizar dentro de los primeros 3 meses del año, ENERO- FEBRERO-MARZO.
Contacto: Sandra Torres
Teléfono: 3700200 ext. 3011Fecha de última actualización: 2025/03/11