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Una vez que el solicitante cuente con el informe favorable del anteproyecto de intervención, procederá a presentar el Proyecto Nuevo Definitivo que incluirá a más de los requisitos que exige el GADMI lo dispuesto en la Ordenanza que Regula la Preservación, Mantenimiento y Difusión del Patrimonio Cultural del cantón Ibarra, vigente desde el 28 de julio de 2022. 

¿A quién está dirigido?

Las personas que pueden realizar o beneficiarse de este trámite, son aquellas que cumplan con las siguientes características:

  • Persona Jurídica – Privada
  • Persona Jurídica – Pública
  • Persona Natural – Ecuatoriana
  • Persona Natural - Extranjera

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

APROBACIÓN DEFINITIVA DE PLANOS DE PROYECTO ARQUITECTÓNICO NUEVO EN ÁREAS PATRIMONIALES

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Pago de Tasa Administrativa.               
  2. Solicitud dirigida a la máxima autoridad del GAD-I               
  3. Documentos de identidad del o de los propietarios               
  4. Proyecto Arquitectónico Definitivo en formato .PDF y .DWG; (en el caso de ser un bien inmueble patrimonial inventariado, se debe incluir lo estipulado en la Ordenanza de Patrimonio artículo 73, literal b.)               
  5. Patente Municipal Vigente del profesional               
  6. Informe Predial de Regulaciones de Uso del Suelo (IPRUS)               
  7. Formulario INEC.               
  8. Formulario FPA.               
  9. Certificado de no adeudar al GAD-I del o los propietarios               
  10. Registro municipal del profesional               
  11. Escritura de la propiedad y Certificado de Gravámenes Actualizado               
  12. Comprobante de pago de la Garantía por construcciones               
  13. Comprobante de pago de la Tasa de Aprobación de Planos                
  14. Memoria Técnica-Descriptiva (en el caso de ser un bien inmueble patrimonial inventariado, se debe incluir lo dispuesto en la Ordenanza de Patrimonio artículo 73, literal a)                

    NOTA: Estar al día en el pago del impuesto predial. 

     Los planos deben estar debidamente firmados por el profesional y el o los propietarios, en el caso de que contengan firmas manuales los planos deben ser escaneados en alta resolución y cargados; en el caso de que contengan firmas electrónicas estas deben ser código QR.

    Los documentos cargados deben ser legibles, claros y sin adulteraciones.

Formatos y anexos

  • FPA
    Formulario solicitud de Aprobación de Planos Arquitectónicos

¿Cómo hago el trámite?

  1. El usuario ingresa todos los requisitos en la ventanilla digital o presencial, se genera un número de trámite.
  2. El trámite se asigna a la Unidad Técnica de Patrimonio para revisión de la documentación y planos que constan en el expediente, en el caso de que existan observaciones se notifican mediante el sistema, misma que llega al usuario mediante el correo electrónico registrado. El usuario tiene el plazo de diez días.
  3. En el caso de que las observaciones y recomendaciones no sean subsanadas, una vez transcurridos los diez días contando desde el día de la emisión de la notificación, se procederá a la devolución del trámite.
  4. Una vez subsanadas las observaciones, el usuario debe cargar los documentos corregidos en el sistema o entregarlos de manera presencial.
  5. El técnico valida que las observaciones hayan sido subsanadas y procede con la emisión del INFORME TÉCNICO DE REVISIÓN Y APROBACIÓN DEFINITIVA DE PLANOS DE PROYECTO ARQUITECTÓNICO NUEVO EN ÁREAS PATRIMONIALES y, de la Comunicación de respuesta al usuario.
  6. Una vez que el Informe Técnico y la Comunicación, hayan sido validados y firmados por los responsables, finaliza el trámite y se notifica al usuario.
  7. En el caso de que el expediente se haya ingresado de manera presencial, se remite al Archivo Institucional para entrega al usuario.
  8. Una vez aprobado el trámite, el usuario deberá proceder con el proceso de Aprobación de Planos Estructurales y, obtención del Permiso de Construcción.

Canales de atención: Aplicación Móvil, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  1. Tasa administrativa $ 2,00
  2. Tasa por Aprobación de planos (calculada en base al área de construcción)
  3. Monto de Garantía de Construcciones (calculada en base al área de construcción)

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Dirección: Calles García Moreno 6-31 Simón Bolívar.

Horario de atención: 08H00 a 17H30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Los planos tienen una vigencia 3 años a partir de la fecha de su aprobación

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Atención al Cliente

Email: info@ibarra.gob.ec

Teléfono: (+593) 063 700 200

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2026/01/13

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