El Plan de Emergencia Institucional (PEI) es el instrumento técnico-administrativo de gestión de riesgos que establece los lineamientos y acciones para la planificación, organización, ejecución y evaluación de la respuesta institucional ante eventos adversos. Su objetivo esencial es garantizar la protección integral (personas, bienes, continuidad operativa) mediante la identificación de amenazas y vulnerabilidades, la creación de una estructura jerárquica de respuesta (Comité y Brigadas), la definición de protocolos claros para las fases de Prevención, Respuesta y Recuperación, y la capacitación continua (simulacros), buscando una reacción coordinada, rápida y eficaz en estricto cumplimiento normativo.
Este Servicio está dirigido específicamente a personas naturales y jurídicas, de nacionalidad ecuatoriana o extranjera. El acceso se encuentra plenamente habilitado para todo tipo de solicitante interesado en completar el proceso de manera legal y oportuna
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
La solicitud cumple con lo requerido y se otorga lo pedido
Pago de Tasa Administrativa.
Solicitud ingresada a través de la ventanilla digital.
Plan de emergencia.
Cédula de identidad.
Aforo (Colegio de Arquitectos, Dirección de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, Unidad de Patrimonio y Cultura)
En caso de ser establecimiento comercial (Permiso de Funcionamiento)
Informe Predial de Regulación del uso del suelo (IPRUS).
Nota: Los documentos cargados en la ventanilla digital deben ser legibles, claros y sin adulteraciones.
El usuario accede al sistema virtual o presencial del GAD-I y carga su solicitud con la información y requisitos necesaria.
El sistema notifica y remite automáticamente al Director de Gestión de Riesgos la nueva solicitud.
El director delega el trámite al responsable de la Unidad de Gestión de Riesgos mediante el sistema virtual.
El responsable asigna el caso al técnico correspondiente para la inspección y elaboración del informe técnico.
El técnico realiza inspección in-situ, verificando los protocolos de seguridad, autoprotección, evacuación y prevención de incendios y redacta el informe técnico; lo remite al responsable.
El responsable revisa el informe técnico, lo aprueba y lo remite al Director de Gestión de Riesgos
El director verifica la información dentro del informe técnico y solicita a la secretaria se elabore una respuesta al peticionario.
Se redacta una carta o documento de respuesta para el solicitante con base en el informe técnico y se envía al Director de Gestión de Riesgos para su revisión y firma.
El director revisa, valida y firma la comunicación; la secretaría envía por correo electrónico la respuesta institucional; comunicado del Responsable de Gestión de Riesgos, informe técnico al solicitante.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Este trámite tiene un costo de $2 por tasa administrativa
Lunes a viernes de 08H00 a 12H30
Lunes a viernes de 14H00 a 17H30
La aprobación del Plan de Emergencia Institucional (PEI) generalmente tiene una vigencia anual, exigiendo su revisión, actualización y nueva aprobación al inicio de cada ciclo para mantener la pertinencia de sus protocolos y recursos. Sin embargo, el plan debe ser actualizado de forma inmediata ante cualquier cambio significativo en la infraestructura, el aforo o los procesos internos, o después de enfrentar una emergencia real, garantizando así su eficacia y vigencia permanente.
Fecha de última actualización: 2026/01/12