GAD-I

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Ibarra (GADMC-IBARRA)

LUAF.- Licencia Única Anual de Funcionamiento constituye la autorización legal otorgada por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Miguel de Ibarra a los establecimientos turísticos, sin la cual no puede operar dentro de la Jurisdicción del Cantón.  Previo a la obtención de esta Licencia toda persona natural o jurídica que preste servicios turísticos deberá satisfacer el valor de la tasa correspondiente fijada en la Ordenanza y los Acuerdos Ministeriales vigentes.

Las actividades turísticas podrán ser desarrolladas por personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada, de  modo habitual o por temporada de actividades turísticas.  Siempre que cumplan con los requisitos estipulados en la Ley Especial de Desarrollo Turístico y sus Reglamentos, así como que se satisfagan las tasas. De conformidad a los acuerdos ministeriales vigentes.

SITURIN .- Es una herramienta que permite realizar el registro, recategorización, reclasificación, actualización, inactivación y reingreso de establecimientos en las actividades de alojamiento, alimentos y bebidas, operación e intermediación turística.

MINTUR.-  El Ministerio de Turismo ejerce  la rectoría,  regulación,  control,  planificación,  gestión,  promoción y difusión,  a fin  de posicionar  al  Ecuador  como  un  destino  turístico  preferente  por  su  excepcional  diversidad cultural, natural y vivencial en el marco del turismo consciente  como actividad generadora  de desarrollo socio económico y sostenible.

RUC.- Es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y proporcionar esta información a la Administración Tributaria. Sirve para realizar alguna actividad económica de forma permanente u ocasional en el Ecuador.

RISE.- El Régimen Impositivo Simplificado (RISE), es un régimen de inscripción voluntaria, que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país. Ser persona natural.

UNO POR MIL.- La contribución del uno por mil sobre el valor de los activos fijos que deberán pagar anualmente todos los establecimientos prestadores de servicios al turismo, conforme se disponga en el Reglamento de la Ley de Turimo.

TURÍSMO: Comprende las actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias en lugares distintos a su entorno habitual por un periodo de tiempo consecutivo inferior a un año, con fines de ocio negocio u otros.

LEY DE TURISMO: Contiene la normativa que determina el marco legal que regirá para la promoción, el desarrollo y la regulación del sector turístico; las potestades del Estado, las obligaciones, los derechos de los prestadores y usuarios

REGLAMENTO: Establece los instrumentos y procedimientos de aplicación de la ley; el establecimiento de los procedimientos generales de coordinación institucional; y, la actualización general de las normas jurídicas secundarias del sector turístico expedida con anterioridad a la expedición de la Ley de Turismo.

NORMA TÉCNICA DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS: Se considera como tal, a una especificación técnica, e instrumento jurídico que establece los requisitos y regulaciones especiales que definen ámbitos, variables, sub variables, parámetros de calidad que aseguran la aptitud para la operación turística

PARÁMETRO: Es el indicador de menor jerarquía y mayor especificidad del sistema, relativo a una subvariable y, por ende, a la variable respectiva.

SERVICIOS TURÍSTICOS: Describe al conjunto de servicios y actividades turísticas destinadas a la Satisfacción, expectativa y necesidad del visitante.

INSPECCIÓN: El Ministerio de Turismo se encuentra facultado para realizar o disponer en cualquier tiempo inspecciones a los alojamientos, con el objeto de verificar el cumplimiento de las disposiciones constantes en la Ley Especial de Desarrollo Turístico y sus normas de aplicación y comprobar el buen funcionamiento de los mismos. Las inspecciones se realizarán, necesariamente, con la concurrencia del administrador o administrador del alojamiento, o la persona que haga sus veces.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios son los empresarios turísticos quienes generan una actividad económica por la que requiere legalizar los documentos que les faculten a cumplir con el fin de su actividad económica

Persona Jurídica.- Se  considera persona jurídica o persona moral a la figura jurídica donde se genera la existencia de un individuo con derechos y obligaciones

Persona Natural o Extranjera.-  Son todas las personas nacionales o extranjeras que realizan actividades lícitas. Es aquel individuo que al actuar en su propio nombre se ocupa de alguna o algunas actividades que la ley considera mercantiles.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Cumplimiento de obligaciones

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Certificado de Registro Turístico SITURIN (nuevos establecimientos) y categorización como establecimiento turístico emitido por el MINTUR
2. Copia del menú o carta con los respectivos precios para establecimientos de alimentos y bebidas (nuevos)
3. Comprobante de pago del 1x1000 sobre el total de activos fijos emitido por el MINTUR
4. Certificado de compatibilidad y Uso de Suelo
5. RUC o RISE
6. Permiso otorgado por el Cuerpo de Bomberos
7. Comprobante de pago de patente municipal
8. Comprobante de pago de tasa de turismo

¿Cómo hago el trámite?

El trámite lo pueden realizar a través de los diferentes canales de atención al público:

En forma presencial.- Puede acercarse a las oficinas del GAD-I ubicado en la García Moreno 6-31 y Bolívar en la ventanilla de turismo llevando los requisitos para la obtención de LUAF.

Por vía telefónica por WhatsApp.- Contactarse con la responsable de atención en ventanilla al 0990703309, quien le entregará la información requerida para la obtención de LUAF.

A través del correo electrónico.- drosero@ibarra.gob.ec puede enviar los requisitos solicitados, dónde tendrá la atención de forma inmediata, una vez cumplidos los requerimientos para la obtención de LUAF, se enviará a la persona encargada de la inspección quien en un término de 20 días laborales realizara la entrega del permiso de funcionamiento.

PROCEDIMIENTO:

  1. La persona natural o jurídica solicita en la ventanilla de atención al cliente un turno para atención en ventanilla de turismo.
  2. La persona natural o jurídica ingresa la respectiva documentación (requisitos) en la ventanilla de turismo.
  3. El Promotor de Turismo recepta, verifica y digitaliza los documentos habilitantes del establecimiento turístico.
  4. El Promotor de Turismo genera título de crédito por pago de tasa de turismo de acuerdo a la categoría en el sistema de recaudación.
  5. El Promotor de Turismo ingresa la información al sistema de información tributaria y recaudación para registrar la actividad turística del establecimiento y su categoría.
  6. El Promotor de Turismo envía el título de crédito generado al técnico encargado de Rentas Municipales.
  7. La persona natural o jurídica acude a la ventanilla de recaudación para realizar el pago correspondiente.
  8. El Promotor de Turismo elabora el check list de la documentación receptada.
  9. El Promotor de Turismo agrupa las LUAFs emitidas en la semana, para ser entregadas mediante Acta Entrega a la Inspectora de Turismo.
  10. El Promotor de Turismo elabora el Acta Entrega de LUAFs y remite al Inspector de Turismo para revisión y verificación de datos.
  11. La Inspectora de Turismo imprime las LUAFs, Acta entrega y check list para la legalización (firma) de la LUAF, documentos que entrega a la Responsable de Turismo.
  12. La Responsable de Turismo firma la LUAF y se remite a la Alcaldía para su legalización (firma).
  13. La Alcaldía envía las LUAF legalizadas (firmadas) a la Unidad de Promoción y Desarrollo Turístico.
  14. El Asistente de Turismo digitaliza las LUAF legalizadas (firmadas) para archivo de la Unidad.
  15. El Inspector de Turismo elabora el cronograma de inspección técnica a los establecimientos turísticos.
  16. La Responsable de Turismo autoriza el cronograma y en base al mismo realiza la entrega de las LUAFs a la Inspectora de Turismo.
  17. El Inspector de Turismo realiza la inspección al establecimiento y otorga la LUAF al propietario del establecimiento turístico con registro de entrega y registro fotográfico.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Telefónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo del trámite es por pago de tasa de turismo, será de acuerdo a la categoría de la actividad económica emitida por el MINTUR, el cual lo pueden realizar en forma presencial en las ventanillas de recaudación de la 16 a la 21 en horario de 8:00 a 16:30 horas en el GAD-I ubicado en la García Moreno 6-31 y Bolívar.

Estimado contribuyente si usted necesita realizar el pago de impuestos, tasas o contribuciones por medio de transferencia bancaria o en ventanillas de la institución ponemos a su consideración las distintas formas de pago que las puede hacer a través del sistema financiero:

  1. Red de pagos facilito (cooperativas, mutualistas y puntos de pago de la red)
  2. Banco del pacifico
  3. Botón de pagos en la página institucional portal ciudadano tarjetas DINERS CLUB del Ecuador, visa banco del pichincha
  4. Tarjetas de débito pacificar, internacional, banco del austro
  5. Tarjetas de crédito DINERS CLUB, Visa Banco del Pichincha, Banco Internacional, Produ Banco, Bankard, Banco del Austro, Mutualista Imbabura, Mutualista Pichincha, Banco de Machala diferido (3, 6, 9, 12 meses)
  6. Transferencia bancaria en la cuenta corriente nro. 7087373 de banco del pacifico a nombre de municipio de Ibarra ruc 1060000260001 con las siguientes recomendaciones:
  • Una vez verificado el valor a pagar en la página institucional o en servicios tributarios realizar la transferencia bancaria
  • Enviar el documento de transferencia al siguiente correo electrónico e.duacosta@hotmail.com o bercelioangel@hotmail.com para posteriormente verificar su acreditación y descargar las obligaciones del sistema de pagos
  • Los contribuyentes pueden realizar la consulta y descarga de sus comprobantes pagados ingresando al siguiente enlace ecomprobantes.ibarra.gob.ec con su usuario y clave que es el número de cedula o ruc del contribuyente

De requerir mayor información por favor llamar a los números de teléfono 2611328, 2610722, 2950512 (ext.1441) 0996518374, 0986059800

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

La atención en forma presencial se realizará en el municipio de Ibarra, ventanilla de turismo de 8:00 a 14:30 horas

Por vía telefónica se atenderá de 8:00 a 16:30 horas

Por correo de 8:00 a 14:30 hora

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La Licencia Única Anual de Funcionamiento (LUAF) tendrá validez hasta el 30 de abril de cada año.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: DAMARIS MARISOL ROSERO BENALCÁZAR

Email: drosero@ibarra.gob.ec

Teléfono: 0990703309

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/07/19