GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE SAN MIGUEL DE IBARRA

De acuerdo al Art. 14 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, toda persona que ha cumplido 65 años de edad y con ingresos mensuales estimados en un máximo de 5 remuneraciones básicas unificadas o que tuviere un patrimonio que no exceda de 500 remuneraciones básicas unificadas, estará exonerada del pago de impuestos fiscales y municipales.

¿A quién está dirigido?

Persona Natural - Ecuatoriana: es toda persona de nacionalidad ecuatoriana al que la ley reconoce como sujeto de derechos y obligaciones, que haya cumplido los 65 años de edad y tenga predios dentro del Cantón Ibarra

Persona Natural - Extranjera: es toda persona de nacionalidad distinta a la ecuatoriana, al que el ordenamiento jurídico del Ecuador reconoce como sujeto de derechos y obligaciones dentro del territorio nacional, que haya cumplido los 65 años de edad y tenga predios dentro del Cantón Ibarra.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

EXONERACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Registro de todos los bienes que posee y las deudas para declaración patrimonio.
  2. Escritura de adquisición del predio.
  3. Cédula de identidad.
  4. Nota: Los documentos cargados en la ventanilla digital deben ser legibles, claros y sin adulteraciones.

Requisitos Especiales:

  1. Si el trámite es presencial el Formulario para Atención de Exoneración de Impuestos Municipales para las Personas Adultas Mayores lo llena el Servidor Publico en base a información general del patrimonio de los solicitantes (INGRESOS-DEUDAS-BIENES INMUEBLES EN OTROS CANTONES- PATRIMONIO etc.)
  2. Si el trámite es presencial se debe de acercar el Adulto Mayor personalmente

Nota:  Los documentos cargados en la ventanilla digital deben ser legibles, claros y sin adulteraciones.

¿Cómo hago el trámite?

PRESENCIAL

  1. Dirigirse a información para solicitar un turno para Servicios Tributarios
  2. Una vez corresponda el turno, acercarse con toda la documentación
  3. El servidor público llena el FORMULARIO PARA ATENCIÓN DE EXONERACIÓN DE IMPUESTOS MUNICIPALES PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES de acuerdo a la información que el Adulto Mayor le indique.
  4. El Adulto Mayor firma el Formulario
  5. Se aplica la exoneración correspondiente
  6. Cancela el impuesto en las Ventanillas de Recaudación.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  • $2,00 USD Tasa directa por el trámite realizado

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El Gobierno Autónomo Descentralizado de San Miguel de Ibarra brinda sus servicios en la Ciudad de Ibarra en la Calle García Moreno 6-31 y Calle Simón Bolívar

HORARIO DE ATENCIÓN

DE 8:00 AM a 17:30 PM

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Sandra Torres

Teléfono: 3700200 ext. 3011

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2026/01/12

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