Requisitos de trámites municipales

Un trámite de aumento de obra se refiere al proceso administrativo y técnico para legalizar la ejecución de cantidades de trabajo superiores a las inicialmente previstas en el contrato original, debido a variaciones reales en el terreno o necesidades técnicas del proyecto .

¿A quién está dirigido?

Personas Jurídicas - Privada: aquéllas que dependen de la iniciativa particular, siendo de dos tipos:

Las que persiguen fines de lucro llamadas sociedades civiles y comerciales.

Las que no persiguen ganancias, como las corporaciones y las fundaciones.

Personas Jurídicas -Pública: Aquéllas que representan a la autoridad en sus funciones administrativas (el Estado, las municipalidades, etc.).

Persona Natural-Ecuatoriana: son todas las personas nacionales que realizan actividades económicas en nuestro país.

Persona Natural-Extranjera: son todas las personas extranjeras que realizan actividades económicas en nuestro país.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera. 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

AUTORIZACIÓN AUMENTO DE CANTIDADES EN OBRA

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Pago de Tasa Administrativa
  2. Solicitud dirigida a la máxima autoridad, con respaldos del requerimiento 

Nota: Los documentos cargados en la ventanilla digital deben ser legibles, claros y sin adulteraciones.

¿Cómo hago el trámite?

  1. El usuario deberá adquirir la tasa administrativa
  2. El usuario entrega en ventanilla la solicitud con respaldos del requerimiento.
  3. La recepcionista revisa el cumplimiento de cada uno de los requisitos caso contrario no se lo recibe, si pasa se ingresa el trámite para asignar un código y número de ingreso a través de Quipux.
  4. Recepcionista reasigna el trámite a la Dirección de Gestión de Proyectos y Fiscalización
  5. La Directora reasigna el trámite al fiscalizador de obra para verificar documentación y volúmenes de obra.
  6. Fiscalizador realiza el INFORME y remite la documentación al administrador.
  7. El administrador de obra realiza el informe de satisfacción y solicita la autorización al Alcalde mediante el Director de Obras Públicas.
  8. El Alcalde aprueba , remite la documentación a la Dirección Financiera, para la certificación presupuestaria por el monto autorizado.
  9. Financiero envía la certificación presupuestaria al administrador del contrato.
  10. El administrador comunica al contratista y fiscalizador la aprobación de los aumentos de obra.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Tasa $ 2

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

    08h00 a 12h30 y de 14h00 a 17h30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

30 días

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Sandra Torres

Teléfono: 3700200 ext. 3011

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2026/01/13

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