EMISIÓN DE RESOLUCIÓN FINANCIERA PARA APLICACIÓN DE EXONERACIÓN TEMPORAL DE IMPUESTOS PREDIALES POR DISCAPACIDAD

Este trámite consiste en la emisión de resolución financiera para aplicación de exoneración temporal de Impuestos Prediales del cantón Daule de personas naturales ecuatorianas y extranjeras por discapacidad.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios son todos los ciudadanos, persona, persona natural ecuatoriana o extranjera beneficiarios de leyes de persona adulta mayor, discapacidad y exclusión que poseen predios en la zona geográfica del cantón Daule. 

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

RESOLUCIÓN FINANCIERA PARA APLICACIÓN DE EXONERACIÓN TEMPORAL DE IMPUESTOS PREDIALES

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Presentar en ventanilla cédula de ciudadanía
  • Tasa de Trámite para Dirección Financiera. ($3.00)
  • Formulario de solicitud dirigida a la Dirección General Financiera Municipal.
  • Copia completa de la escritura de adquisición del bien inmueble; debe adjuntarse las copias de la razón de inscripción en el  Registro de la Propiedad; y, el certificado de la incorporación en el catastro municipal de Daule.
  • Presentar al ingreso del trámite, el original de la(s) Cédula(s) de Ciudadanía del/los solicitante(s). (La(s) misma(s) que deberá(n) contener TIPO y el PORCENTAJE de Discapacidad). Conforme a lo dispuesto en el Art. 111.- Documento Habilitante, de la Ley Orgánica de Personas con Discapacidad.
  •  

    PARA TRÁMITE REALIZADO POR:

     SUSTITUTO DIRECTO

    SUSTITUTO POR SOLIDARIDAD HUMANA

    CUIDADOR / CURADOR O REPRESENTANTE LEGAL

     

  • Presentar al ingreso del trámite, original de la Cédula de Ciudadanía de la(s) persona(s) con discapacidad o de la cual es sustituto directo, sustituto por solidaridad humana, cuidador, curador o representante legal, la misma que deberá describir TIPO y PORCENTAJE de Discapacidad.
  • Certificado Vigente de ser SUSTITUTO DIRECTO / SUSTITUTO POR SOLIDARIDAD HUMANA o CUIDADOR (en su caso), emitido por la Autoridad pertinente que acredite que la persona natural o jurídica tenga legalmente bajo su protección o cuidado a la persona con discapacidad.
  • CURADURÍA o REPRESENTANTE LEGAL, que tenga legalmente bajo su protección o cuidado a la persona con discapacidad determinado así por Juez competente.
  • Conforme lo describe los Art. 5, 7, 8, 9 y 11 de la Ley Orgánica de Personas con Discapacidad; el Art. 5, 15 del Reglamento a la Ley Orgánica de Personas con Discapacidad; Art. 21, 22, 23, 27, 28, 283, 284, 310 (Num.4), 367, 381, 1463 y más Código Civil; Art. 104, 106, Código de la niñez y Adolescencia; Art. 32 Código Orgánico General de Procesos.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

  1. Presentar en ventanilla cédula de ciudadanía
  2. Validación de conformidad de documentos de acuerdo al trámite,
  3. Análisis de caso por jurídico,
  4. Elaboración de resolución,
  5. Entrega de resolución financiera.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  • Tasa administrativa $3,00
  • Liquidación.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Edificio Principal – Cabecera Cantonal
Padre Aguirre 703 y Sucre
De 8H00 a 17H00
 
Sede Alterna Parroquia Urbana Satélite La Aurora
Av. León Febres Cordero, Entrada Casa Laguna
De 8H00 a 17H00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Hasta el 31 de diciembre de cada año

Contacto para atención ciudadana

Contacto: DIRECCIÓN FINANCIERA - DEPARTAMENTO DE GESTIÓN JURÍDICA FINANCIERA

Email: fcarbaca@daule.gob.ec


Fecha de última actualización: 2025/12/31

Contenido

¿Te sirvió el contenido?