Este trámite consiste en la emisión de resolución financiera para aplicación de exoneración de impuesto 1.5 por mil sobre los activos totales para instituciones enmarcadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 544 del COOTAD
Los beneficiarios son todos los ciudadanos, persona jurídica privada o pública, ecuatoriana o extranjera; contribuyentes que se encuadren en el artículo 554 del COOTAD y que realizan actividades económicas en el cantón Daule y que están obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con lo que dispone la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y su Reglamento.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
RESOLUCIÓN FINANCIERA DE EXONERACIÓN DE IMPUESTO 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES
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Canales de atención: Presencial.
Tasa administrativa $3,00 |
Edificio Principal – Cabecera Cantonal Padre Aguirre 703 y Sucre De 8H00 a 17H00 Sede Alterna Parroquia Urbana Satélite La Aurora Av. León Febres Cordero, Entrada Casa Laguna De 8H00 a 17H00 |
Hasta el 31 de diciembre de cada año
Fecha de última actualización: 2024/04/20