Este trámite forma parte de los requisitos para emitir el cálculo de liquidación de impuesto 1.5 por mil sobre los activos totales; según lo estipula la ordenanza establecidas por el GAD-Municipal para los ciudadanos del Cantón Daule.
Los beneficiarios son todos los ciudadanos contribuyentes, persona jurídica privada o pública, persona natural ecuatoriana o extranjera; que realizan actividad económica en la jurisdicción cantonal obligados a llevar contabilidad.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
LIQUIDACIÓN DE IMPUESTO 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES
| 1. Tasa de tramite 2. Formulario de tramite 1.5 por mil; 3. Copia del Registro Unico de Contribuyente (RUC GENERAL) 3.1. Copia del Certificado de Establecimiento Registrado (descargar desde la pagina web del SRI.) 4. Declaración del Impuesto a la Renta del ejercicio economico inmediato anterior, 5. Si canceló el impuesto 1.5 POR MIL en otra ciudad deberá presentar copia del Certificado de Transferencia para proceder a consignar el valor dentro del Sistema Municipal. |
No Aplica
Canales de atención: Presencial.
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| Edificio Principal – Cabecera Cantonal Padre Aguirre 703 y Sucre De 8H00 a 17H00 Sede Alterna Parroquia Urbana Satélite La Aurora Av. León Febres Cordero, Entrada Casa Laguna De 8H00 a 17H00 |
LA VIGENCIA DEL IMPUESTO SERÁ ANUAL (AÑO FISCAL)
Fecha de última actualización: 2025/12/16