Es un impuesto municipal que se genera cuando se realiza una transferencia de dominio de un bien inmueble.
Según el Art 527 del COOTAD, son objeto del impuesto de alcabala los siguientes actos jurídicos que contengan el traspaso de dominio de bienes inmuebles:
a) Los títulos traslaticios de dominio onerosos de bienes raíces y buques en el caso de ciudades portuarias, en los casos que la ley lo permita;
b) La adquisición del dominio de bienes inmuebles a través de prescripción adquisitiva de dominio y de legados a quienes no fueren legitimarios;
c) La constitución o traspaso, usufructo, uso y habitación, relativos a dichos bienes;
d) Las donaciones que se hicieren a favor de quienes no fueren legitimarios; y,
e) Las transferencias gratuitas y onerosas que haga el fiduciario a favor de los beneficiarios en cumplimiento de las finalidades del contrato de fideicomiso mercantil.
Persona natural o jurídica (contratantes que reciban beneficio en el respectivo contrato) que requiera realizar una transferencia de dominio de un bien inmueble.
Salvo estipulación específica, se presumirá que el beneficio es mutuo y proporcional a la respectiva cuantía.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
Requisitos del Trámite ciudadano Alcabala Municipal de predio urbano.
Requisitos del Trámite ciudadano Alcabala Municipal de predio rural.
Trámite ciudadano Alcabalas de bienes urbanos o rurales
Aplicación móvil y Plataforma Municipal.
Correo Electrónico.
Presencial.
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Sobre la base imponible se aplicará el uno por ciento (1%).
Para la emisión del impuesto de alcabalas se considerará como base imponible el valor contractual, si éste fuere inferior al avalúo de la propiedad que conste en el catastro, regirá este último.
Edificio del GAD Municipal del cantón Chone, ubicado en calles Bolívar y Colón esquina.
Horarios de atención: de 08H00 a 17h00.
A través de https://enlinea.chone.gob.ec/ está habilitado las 24 horas.
Una vez cancelado el tributo no tiene fecha de expiración, siempre y cuando ninguno de los términos contractuales haya cambiado. De ser el caso se deberá comunicar a la Coordinación de Rentas Internas del GAD Chone para su revisión.
Fecha de última actualización: 2021/11/16