INSCRIPCIÓN DE DONACIONES

TERCERA REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACION, ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA Y MERCANTIL DEL CANTON CENTINELA DEL CONDOR. - Según el Art 33. literal (A1) por el pago de derechos 

Art. 33.- Los aranceles que regirán a partir de la publicación de esta ordenanza, serán de
acuerdo a la siguiente tabla.
a.1.- Para el pago de los Derechos del Registro por la calificación e inscripción de actos que
contengan la Constitución, rescisión transferencia de dominio municipal, adjudicaciones en
remate municipal, del banco o judicial, y, particiones judiciales y extrajudiciales, dependiendo el avaluó municipal.

Las Inscripciones de Donaciones de Propiedad,  las pueden realizar cualquier persona, incluso las personas de la tercera edad y personas con discapacidad a su vez ellas les corresponde pagar el 50% del valor a cancelar por la inscripción del bien, de acuerdo a la tabla de valores establecida en la ordenanza municipal.

¿A quién está dirigido?

Cualquier tipo de persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera podrá realizar este trámite, cumpliendo con los requisitos, y en caso de realizar una tercera persona debe realizarlo mediante la autorización de un poder general.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

INSCRIPCIÓN DE DONANCIONES

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Certificado de no adeudar al municipio más requisitos según el Departamento de Planificación.

Requisitos Especiales:

NINGUNO

¿Cómo hago el trámite?

Debe acercarse a las Oficinas del Registro de la Propiedad, que se encuentran ubicados en la planta baja del Palacio Municipal de Centinela del Cóndor, en la parte posterior vía al canchón municipal para realizar el trámite correspondiente.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

 Nº    DESDE HASTAPORCENTAJE A COBRAR 
11.00500.005.00
2501.001000.0015.00
31001.001500.0024.50
41501.002000.0035.50
52001.002500.0040.50
62501.003000.0055.00
73001.003500.0064.50
83501.004000.0075.00
94001.004500.0084.50
104501.005000.0095.00
115001.005500.00104.50
125501.006000.00115.00
136001.006500.00125.00
146501.007000.00135.00
157001.007500.00145.00
167501.008000.00155.00
178001.008500.00164.50
188501.009000.00175.00
199001.009500.00184.50
209501.0010000.00195.00
2110001.0012000.00220.00
2212001.0014000.00260.00
2314001.0016000.00300.00
2416001.0018000.00340.00
2518001.0020000.00380.00

De 20.001 en adelante se cobrará el 2% Adicional al valor del 

Avalúo Municipal del Inmueble.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lunes a Viernes de 08h00 a 12h00

                               13h00 a 17h00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL

Email: registropropiedad@gadcentineladelcondor.gob.ec

Teléfono: 3700240 ext. 179


Fecha de última actualización: 2021/06/15

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