INSCRIPCIÓN HIPOTECAS Y PROHIBICIONES ENAJENAR

QUINTA REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACION, ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA Y MERCANTIL DEL CANTON CENTINELA DEL CONDOR. - Según el Art 33. literal (A2) numeral 1

A.2.- Por los derechos de inscripción de hipotecas, se fija el valor del DOCE PUNTO CINCO POR CIENTO DE UN SALARIO BASICO UNIFICADO (12.5% SBU) 60.25, cuando el avaluó municipal del bien inmueble a hipotecar sea de hasta CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA ($. 5.000.00): y. cuando sobrepase dicho monto se fija un valor adicional a cobrar del cero punto cincuenta por ciento (0.50%) del avaluó municipal que corresponda al bien inmueble.

1. Por el derecho de inscripción para la imposición de gravámenes o limitaciones de dominio tales como: prohibiciones de enajenar, embargos, prendas, sentencias, interdicciones, contratos de arrendamiento y otros similares; así como su respectiva cancelación, se fija el valor de SIETE PUNTO CINCO POR CIENTO DE UN SALARIO BASICO UNIFICADO (7.5% SBU). 36,15

Las Inscripciones de Hipotecas y Prohibiciones de Propiedad, las pueden realizar cualquier persona, incluso las personas de la tercera edad y personas con discapacidad a su vez ellas les corresponde pagar el 50% del valor a cancelar por la inscripción del bien, de acuerdo a la tabla de valores establecida en la ordenanza municipal.

 

¿A quién está dirigido?

Cualquier tipo de persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera podrá realizar este trámite, cumpliendo con los requisitos, y en caso de realizar una tercera persona debe realizarlo mediante la autorización de un poder general.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

INSCRIPCIÓN DE GRAVAMENES

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.- ESCRITURA NOTARIADA
2.-CERTIFICADOS DE NO ADEUDAR A LA MUNICIPALIDAD 
3.- CERTIFICADO DE BIENES RAICES
4.- COPIA DE ESCRITURA DE PODER ESPECIAL DE PERSONA JURIDICA 
5.- COMPROBANTES DE DIRECTIVOS DE ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
6.- COMPROBANTES DE EXISTENCIA LEGAL DE ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
7.- REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES SOCIEDADES
8.- CERTIFICADO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD ACTUALIZADO
9.- CERTIFICADO DIGITAL DE DATOS DE IDENTIDAD C/V/A 
10.- COPIA DE CÉDULA

Requisitos Especiales:

NINGUNO

¿Cómo hago el trámite?

Debe acercarse a las Oficinas del Registro de la Propiedad, que se encuentran ubicados en la planta baja del Palacio Municipal de Centinela del Cóndor, en la parte posterior vía al canchón municipal para realizar el trámite correspondiente..


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

A.2.- Por los derechos de inscripción de hipotecas, se fija el valor del DOCE PUNTO CINCO POR CIENTO DE UN SALARIO BASICO UNIFICADO (12.5% SBU) 60.25, cuando el avaluó municipal del bien inmueble a hipotecar sea de hasta CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA ($. 5.000.00): y. cuando sobrepase dicho monto se fija un valor adicional a cobrar del cero punto cincuenta por ciento (0.50%) del avaluó municipal que corresponda al bien inmueble.

1. Por el derecho de inscripción para la imposición de gravámenes o limitaciones de dominio tales como: prohibiciones de enajenar, embargos, prendas, sentencias, interdicciones, contratos de arrendamiento y otros similares; así como su respectiva cancelación, se fija el valor de SIETE PUNTO CINCO POR CIENTO DE UN SALARIO BASICO UNIFICADO (7.5% SBU). 36,15

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lunes a Viernes de 08h00 a 12h00

                               13h00 a 17h00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL

Email: registropropiedad@gadcentineladelcondor.gob.ec

Teléfono: 3700240 ext. 179


Fecha de última actualización: 2021/06/15

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