Imagen que representa a ciudadanos realizando trámites a través de la ventanilla de Rentas

Según la Ordenanza para la determinación, Administración Recaudación y control del impuesto a los vehículos (impuesto al rodaje). Art. "Base Imponible.- La base imponible de este impuesto es el avalúo del vehículo que conste registrado en el SRI.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son los propietarios de vehículos de tracción mecánica o motorizado, regulado por la Agencia Nacional de Tránsito y que anualmente conforme la calendarización deben realizar este pago para poder matricular dichos vehículos.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

PAGO DEL IMPUESTO AL RODAJE

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Matrícula del vehículo
Factura de compra del vehículo en caso de ser nuevo
Cédula de ciudadanía cuando cambia de dueño

¿Cómo hago el trámite?

Los ciudadanos poseedores o dueños de vehículos de tracción mecánica o motorizados, regulados por la Agencia Nacional de Tránsito deben de acercarse a realizarse este trámite en ventanilla de rentas, portando la matrícula del automotor, de manera presencial y la atención es inmediata.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo del impuesto depende del avalúo del vehículo.                                                                                              

$ 1,00 Procesamiento de datos

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Palacio Municipal, Av. Mariscal Sucre y Daniel Muñoz, frente al parque Central. Horario de atención de atención: de 08H00 a 17H00, con una hora de receso de 12H30 a 13H30, de lunes a viernes.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: CARLOS FERNANDO CARRILLO IDROVO - JEFE DE RENTAS

Email: fcarrillo@gadbiblian.gob.ec

Teléfono: 072230739


Fecha de última actualización: 2022/06/28