Trámite establecido para inscribir la disposición de todo o de una parte de los bienes inmuebles del testador (fallecido) a favor de herederos y/o legatarios.
¿A quién está dirigido?
Son beneficiarios de este trámite las personas que requieran inscribir la disposición de todo o de una parte de los bienes inmuebles del testador (fallecido) a favor de herederos y/o legatarios.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Inscripción de testamento
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Primera copia certificada de la escritura con todos los habilitantes que pertenecen al instrumento legal emitido por la Notaría (transferencia de dominio, pagos de alcabalas, plusvalías, certificados de gravamen, etc).
- En el caso de no tener la primera copia certificada, se debe solicitar previamente el "Certificado de no estar inscrita" otorgado por el Registro de la Propiedad.
- Certificados de gravamen por cada inmueble que conste en el testamento.
- Formularios 1088 del SRI y sus anexos, el formulario es por cada heredero.
- Certificado de Avalúo 2005 otorgado por la Dirección de Catastros y Avalúos.
¿Cómo hago el trámite?
- Con los requisitos establecidos, generar un turno a través del link: https://gadmaapps.ambato.gob.ec:9001/apex/f?p=102:55 siguiendo las siguientes instrucciones:
- En el campo Sección, seleccione la opción: " REGISTRO DE LA PROPIEDAD (INGRESOS)".
- En el campo Trámite, seleccione la opción: "TRASPASOS DE DOMINIO (Compra venta, hipoteca...)";
- Dé click en el botón "Solicitar Turno";
- Registre la información del propietario/dueño del trámite;
- Dé click en el botón "Solicitar Turno";
- El sistema generará un turno con código numérico, el cual deberá ser impreso para su posterior presentación en la Unidad de Atención Ciudadana.
- Acercarse al Balcón de Servicios del Registro de la Propiedad (Bolívar y Castillo) presentar el turno en ventanilla y los documentos.
- El asesor revisará la documentación y entregará un número de trámite para que el ciudadano se acerque a pagar en caja.
- Realizar el pago en caja del Registro de la Propiedad. Será informado sobre la fecha en la que podrá retirar su trámite (inscrito o rechazado).
En caso de que la inscripción sea negada:
- Si el usuario considera oportuno, podrá reingresar el trámite subsanado.
En caso de que la inscripción sea realizada:
Retirar la inscripción y los documentos ingresados para el trámite, y firmar la fe de recepción.
Canales de atención:
Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
Según avalúo 2005
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Registro de la Propiedad (Castillo y Bolívar)
De 07H30 a 16H00
# |
Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
1 |
2021-01 |
0 |
2 |
2 |
2021-02 |
0 |
2 |
3 |
2021-03 |
0 |
1 |
4 |
2020-01 |
0 |
2 |
5 |
2020-02 |
0 |
1 |
6 |
2020-03 |
0 |
1 |
7 |
2020-04 |
0 |
0 |
8 |
2020-05 |
0 |
1 |
9 |
2020-06 |
0 |
3 |
10 |
2020-07 |
0 |
0 |
11 |
2020-08 |
0 |
2 |
12 |
2020-09 |
0 |
1 |
13 |
2020-10 |
0 |
1 |
14 |
2020-11 |
0 |
1 |
15 |
2020-12 |
0 |
1 |
Fecha de última actualización: 2021/07/14