Trámite para autorizar la explotación de materiales áridos y pétreos, únicamente para entidades e instituciones del estado, cuando el ministerio sectorial haya otorgado el libre aprovechamiento.
Trámite dirigido a personas jurídicas públicas que necesiten realizar la explotación de materiales áridos y pétreos, únicamente para entidades e instituciones del estado, cuando el ministerio sectorial haya otorgado el libre aprovechamiento.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Resolución de autorización para beneficiarios de libre aprovechamiento
1. Solicitud para autorización de libre aprovechamiento.
2. Documento mediante el cual el ministerio sectorial otorga el libre aprovechamiento.
3. Oferta, pliegos o contrato donde se acredite o demuestre que no está presupuestado el rubro del material pétreo a utilizar en la obra pública.
4. Diseño técnico de explotación con miras al plan de cierre y abandono.
5. Permiso ambiental de la autoridad competente.
6. Certificado de no afectación al cuerpo de agua emitido por la autoridad única del agua.
1. Entregar requisitos.
2. Receptar correo electrónico.
3. Receptar resolución de autorización para beneficiarios de libre aprovechamiento.
4. Inscribir la resolución de autorización para beneficiarios de libre aprovechamiento en el ministerio sectorial.
5. Entregar la resolución inscrita.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Edificio Matriz Sur: Av. Atahualpa y Río Cutuchi
Lunes a Viernes de 08h00 a 18h00
El tiempo que dure la autorización emitida por el ministerio sectorial.
El material podrá emplearse, única y exclusivamente, en beneficio de la obra pública para la que se requirió el libre aprovechamiento. El uso para otros fines constituirá explotación ilegal que se
someterá a lo determinado para este efecto en la presente ley.
Con posterioridad a la obtención del libre aprovechamiento emitidas por el ministerio sectorial, y, en forma previa a la explotación, sus titulares están obligados a presentar la respectiva solicitud en el formato preestablecido, ante el GAD Municipalidad de Ambato, el que de manera inmediata y sin costo alguno, emitirá la autorización para el inicio de la actividad de explotación de materiales áridos y pétreos.
Otorgar, renovar y extinguir títulos de concesión y permisos de minería artesanal para la explotación de materiales áridos y pétreos en todas sus fases, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagunas, y canteros dentro del territorio del cantón Ambato.
Establecer la normativa necesaria que permita la aplicación de la Ley de Minería y su reglamento general, para administrar, regular, controlar y gestionar el sector minero, de conformidad con los principios de sostenibilidad, precaución, prevención y eficiencia, en lo relativo al régimen especial de libre aprovechamiento de materiales de construcción para obras públicas.
Las entidades e instituciones del Estado, directamente o por intermedio de sus contratistas, podrán aprovechar los materiales de construcción para obra pública en áreas libres, concesionadas y aquellas autorizadas por los gobiernos municipales.
Fecha de última actualización: 2025/12/05