Trámite para solicitar el levantamiento de prohibición de enajenar de bienes muebles e inmuebles a los cuales se les dictó medidas cautelares por procesos coactivos.
Trámite dirigido a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que requieran o necesiten levantar de prohibicion de enajenar de bienes muebles e inmuebles.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Providencia de levantamiendo de prohibicion de enajenar, bienes muebles e inmuebles
PERSONAS NATURALES
1. Solicitud en hoja membretada.
2. Copia de cédula y certificado de votación
PERSONAS JURÍDICAS
1. Solicitud en hoja membretada
2. Nombramiento de Representante Legal
3. Certificado de RUC
4. Copia de cédula y certificado de votación del representante legal
1. Entregar solicitud y requisitos establecidos en la Unidad de Tesorería.
2. Receptar la providencia de levantamiento de la medida cautelar de la prohibición de enajenar bienes muebles e inmuebles.
Canales de atención: Presencial.
'Especie Valorada - 1 USD
Edificio Matriz Sur: Av. Atahualpa y Río Cutuchi
Lunes a Viernes de 08h00 a 18h00
Establece lineamientos sobre la renuncia tácitamente en favor de uno de ellos cuando le ha exigido o reconocido el pago de su parte o cuota de la deuda, expresándolo así en la demanda o en la carta de pago, sin la reserva especial de la solidaridad, o sin la reserva general de sus derechos.
La obligación tributaria se extingue, en todo o en parte, por solución o pago.
Fecha de última actualización: 2025/12/04