La directriz vial deberán solicitar todas las personas naturales y jurídicas quienes sepan que tienen afectaciones a sus predios y deban certificar la afectación o a sus predios y quienes tengan un predio donde no se encuentre determinado las áreas para aceras y bordillos o que no tengan conocimiento la línea de fabrica de su frente.
Este trámite esta dirigido para quienes vayan a solicitar la Directriz Vial, como Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana y Persona Natural - Extranjera; quienes deberán presentar la documentación legal habilitante, cumplir con los requisitos establecidos y asumir las responsabilidades administrativas y financieras del servicio.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Acceder a beneficio o servicio
1. Oficio dirigido a la máxima autoridad solicitando la directriz vial para verificar afectación. (Indicar el nombre de la calle y la clave catastral del lote). 2. Adjuntar la cédula de ciudadanía y papeleta de votación actualizada del propietario/a.
3. Adquirir servicio administrativo en ventanilla (1,00 dólares).
Para solicitar la Directriz Vial se debe realizar el siguiente proceso:
1. Comprar el servicio técnico en la ventanilla única del GAD
2. Entrega de documentos habilitantes en recepción
Canales de atención: Presencial.
No tiene costo
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Pedro de Pimampiro brinda sus servicios a la ciudadanía en las calles Flores 2-032 e Imbabura
Horario de atención al público
8:00 a 13:00 y 14:00 a 17:00
6 meses
En todo proyecto de urbanización y lotización los propietarios están obligados a ceder gratuitamente a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado de San Pedro de Pimampiro, a más de las vías proyectadas por el propietario, un área para la implantación de equipamiento comunal y áreas verdes equivalente a mínimo el quince por ciento (15%) del área útil del terreno. En caso de que existiere afectación por planes viales municipales vigentes, el porcentaje de afectación más el porcentaje de cesión no sobrepasará del 20% del área útil.
Fecha de última actualización: 2026/01/06