El trámite permite a personas naturales o jurídicas obtener el permiso minero artesanal para realizar actividades de explotación de materiales áridos y pétreos dentro de la jurisdicción del cantón Naranjal, previo cumplimiento de los requisitos técnicos, ambientales, legales y administrativos establecidos en la normativa vigente.
El permiso autoriza al titular a desarrollar actividades mineras artesanales conforme a las disposiciones de la Ley de Minería, normativa ambiental aplicable y ordenanzas municipales correspondientes.
Personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que requieran realizar actividades de explotación artesanal de materiales áridos y pétreos dentro del cantón Naranjal y que cumplan con los requisitos técnicos, legales, ambientales y administrativos establecidos para la obtención del permiso correspondiente.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Obtención del Permiso Minero Artesanal para la explotación de materiales áridos y pétreos.
Conforme al Art. 99 Requisitos para la obtención de permiso minero artesanal.- Las peticiones para el otorgamiento de permiso minero artesanal deberán incluir:
4. Certificación de disponibilidad de área otorgado por el GAD Municipal del cantón Naranjal y asignación del código minero del área.
5. Certificación de disponibilidad de área otorgado por la Agencia de Regulación y Control Minero.
6. Certificado de no adeudar al GAD Municipal por ningún concepto.
En caso de que el peticionante mantenga algún tipo de convenio de pago con la municipalidad, será válida la certificación de estar al día en el mismo.
7. En el caso de personas naturales, copia de cédula de ciudadanía, certificado de votación, RUC de “Actividad Minera”. Para el caso de personas jurídicas, razón social o denominación y copia del RUC, debiendo acompañarse tanto el nombramiento del representante legal o apoderado debidamente registrado;
8. Plano topográfico en formato A4, contendrá la tabla de coordenadas WGS 84. En el plano constará la firma del profesional técnico responsable;
9. Si el inmueble en que se va a realizar la explotación fuere de propiedad privada y no fuere de propiedad del solicitante, deberá presentar la autorización expresa del propietario, otorgada mediante escritura pública o contrato de arrendamiento debidamente legalizado.
En los casos en que el peticionario sea el propietario de dicho bien inmueble, presentará el Certificado del Registro de la Propiedad.
10. Certificación de Uso del Suelo otorgada por la Dirección de Planificación del GAD Municipal;
11. Declaración Juramentada de asumir la obligación de obtener la respectiva licencia ambiental y dar cumplimiento a las obligaciones económicas, técnicas y sociales contempladas en la Ley de Minería y demás normativa aplicable y de no hallarse incurso en las inhabilidades previstas en el artículo 20 de la Ley de Minería y el artículo 153 de la Constitución de la República del Ecuador. En esta misma declaración se hará constar que el inmueble donde se solicita la concesión no es de propiedad privada, en el caso de que el mismo pertenezca al Estado, así como declarará no ser titular minero en ninguna otra área del territorio ecuatoriano;
12. Certificado de Secretaria Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) del título profesional de asesor técnico (Geólogo, Ingeniero en minas, o Ingeniero en petróleo) así como del abogado patrocinador del o los peticionarios. Se aceptará la impresión de la página web del Senescyt;
13. A las solicitudes bajo la modalidad de condominio, cooperativas y asociaciones se acompañará la escritura pública notariada que acredite la designación de procurador común;
14. Acreditación de solvencia técnica-económica que garantice la ejecución de actividades de explotación y/o tratamiento de los materiales áridos y pétreos; esta acreditación puede certificarse presentando las matrículas de las maquinarias y equipos que van a ser utilizados, esto en caso de ser de propiedad del peticionario; caso contrario, exhibirá la declaración expresa de presentar dichas matrículas de la maquinaria adquirida o por alquilar para el inicio de la explotación.
| N° | Actividad | Responsable | Producto generado |
| 1 | Petición | Concesionario | |
| 2 | Recepta y remite petición | Secretaría General | |
| 3 | Ingresa petición a la Jefatura de Áridos y Pétreos | Asistente | |
| 4 | Solicita genere título de cobro | Delegado de Alcaldía | |
| 5 | Título de cobro | Rentas | |
| 6 | Pago | Tesorería | |
| 7 | Comprobante de pago | Concesionario | |
| 8 | Informe Técnico | Tecnico del area | |
| 9 | Subsana | Consesionario | |
| 10 | Informe Ambiental | Jefe y Técnico de medio ambiente | |
| 11 | Subsana | Concesionario | |
| 12 | Informe Legal | Abogado del Área | |
| 13 | Subsana | Concesionario | |
| 14 | Informe Catastral | Jefe de Catastro | |
| 15 | Cumplimiento de Informes | ||
| 16 | Resolución Administrativa | Delegado de Alcaldía | |
| 17 | Entrega de Resolución Administrativa. | Asistente | |
| 18 | Protocolización e inscripción | Concesionario | |
| 19 | Inscripción ARCOM | Concesionario | |
| 20 | Inscripción Municipal | Delegado de Alcaldía | |
| 21 | Solicita genere título de cobro | Delegado de Alcaldía | |
| 22 | Título de cobro | Rentas | |
| 23 | Pago | Tesorería | |
| 24 | Inscripción Registro Minero Municipal | Delegado de Alcaldía | |
| 25 | Entrega | Asistente | OBTENCIÓN DE PERMISO MINERO ARTESANAL |
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
Si,El costo del trámite corresponde a las tasas administrativas establecidas en el tarifario vigente del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Naranjal.
DE lunes a viernes de 08h00 a 17h00. Excepto Feriado.
Si, Según el plazo establecido en la resolución administrativa de otorgamiento del permiso minero artesanal.
Fecha de última actualización: 2026/07/10