Escudo de Naranjal

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Naranjal (GADM-Naranjal)

Es el trámite administrativo mediante el cual la autoridad competente del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal dispone el levantamiento del procedimiento de ejecución coactiva y de las medidas cautelares o de ejecución que se hubieren ordenado dentro del mismo, previa verificación del cumplimiento de los presupuestos legales que extinguen, suspenden o hacen cesar la acción de cobro.

Su finalidad es declarar la procedencia de la liberación del proceso coactivo cuando la obligación que le dio origen ha sido satisfecha o regularizada, ya sea por pago total, suscripción y cumplimiento de un convenio de pago en los casos legalmente previstos, reconocimiento de beneficios establecidos en la normativa vigente o cualquier otra causa de extinción de la obligación, disponiendo, de ser el caso, el levantamiento de embargos, prohibiciones de enajenar, retenciones y demás medidas cautelares, así como la actualización de los registros administrativos correspondientes

¿A quién está dirigido?

Todos  los  contribuyentes Persona Jurídica - Privada; Persona Jurídica - Pública; Persona Natural - Ecuatoriana y Persona Natural - Extranjera siempre y cuando se encuentre nacionalizado.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Obtención de la providencia administrativa mediante la cual se dispone la liberación y/o levantamiento del proceso coactivo y, de ser procedente, el levantamiento de las medidas cautelares y el archivo del expediente, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos y la procedencia legal de la solicitud.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Requisitos para la Liberación y/o Levantamiento del Proceso Coactivo

  • 1. Cuando la liberación se solicite por el pago total de la obligación:
  • El interesado deberá presentar los siguientes requisitos:
  • Copia de la cédula de ciudadanía del titular de la obligación.
  • Oficio dirigido al Tesorero Municipal, mediante el cual comparezca al proceso coactivo (cuando exista Auto de Pago u Orden de Pago Inmediato), solicite el levantamiento del proceso coactivo y de las medidas cautelares dictadas dentro del mismo, así como el archivo del expediente, por haberse extinguido la obligación mediante el pago total.
  • Comprobante que acredite el pago íntegro de la obligación, incluidos los valores que legalmente correspondan.
  • Cuando la solicitud sea presentada por un tercero, deberá adjuntarse el documento que acredite su representación mediante poder especial, poder general o autorización expresa otorgada por el titular de la obligación.
  • 2. Cuando la liberación se solicite con ocasión de la concesión de facilidades de pago (suscripción de convenio de pago):
  • El interesado deberá presentar los siguientes requisitos:
  • Oficio dirigido al Tesorero Municipal, mediante el cual comparezca al proceso coactivo (cuando exista Auto de Pago u Orden de Pago Inmediato), manifieste expresamente su voluntad de acogerse a un convenio de facilidades de pago y solicite la suspensión del procedimiento coactivo y el levantamiento de las medidas cautelares que legalmente correspondan.
  • Copia de la cédula de ciudadanía del solicitante.
  • Comprobante de pago correspondiente a la cuota inicial equivalente al veinte por ciento (20 %) del valor total de la obligación, o el porcentaje que establezca la normativa vigente.
  • Cuando la solicitud sea presentada por un tercero, este deberá acreditar su representación mediante poder especial o poder general, debidamente otorgado por el titular de la obligación.

Requisitos Especiales:

  • Copia de Cédula de la tercera persona autorizada ( En caso de ser necesario)
  • Acta de defunción del titular (En caso de ser necesario)
  • Carta de Autorización para la tercera persona o poder Especial/General ( En caso de ser necesario) 

¿Cómo hago el trámite?

Más información sobre los canales de atención del trámite

Para la atención de este trámite, el interesado deberá acudir a la Unidad de Coactiva de la institución, donde recibirá orientación sobre el estado del procedimiento, el número del Título de Crédito, la Orden de Cobro o el Auto de Pago, según corresponda, así como los requisitos aplicables a su caso.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

GAD de Naranjal

Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinido. La providencia o resolución administrativa que dispone la liberación y/o levantamiento del proceso coactivo mantiene su validez y eficacia mientras no sea revocada, anulada o modificada por autoridad competente, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Katherine Urgiles Gálvez

Email: naranjalcoactiva@gmail.com

Teléfono: (042) 750-192 (042) 750-191


Fecha de última actualización: 2026/04/01

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