Este trámite permite a los contribuyentes que no puedan cancelar la totalidad de la deudas acumuladas acceder a un convenio de facilidades de pago. El objetivo es brindar una alternativa que facilite la regularización de sus obligaciones tributarias, promoviendo la cultura de cumplimiento y fortaleciendo la gestión fiscal municipal. El contribuyente deberá realizar un abono inicial equivalente al 20% del total de la deuda y el saldo restante podrá ser diferido en cuotas mensuales, con un plazo máximo de hasta 24 meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 del Código Tributario, que faculta a la autoridad tributaria competente a conceder mediante resolución motivada el plazo de hasta 24 meses para el pago de los dividendos periódicos, siendo la primera cuota equivalente al 20% de la obligación tributaria. Adicionalmente, el artículo 49 de la Ordenanza de Coactiva establece que, en el caso de créditos tributarios, cuando se niegue expresa o tácitamente la petición de facilidades de pago, el peticionario podrá acudir en acción contenciosa ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal, debiendo consignar el 20% ofrecido de contado y presentar la garantía prevista en el inciso segundo del artículo 153 del Código Tributario.
Los beneficiarios de este trámite son las personas naturales que mantengan deudas con el Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Naranjal y que deseen acceder a una facilidad de pago.
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Facilitar al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias mediante pagos fraccionados.
Para terceras personas
Para Empresas
Para terceras personas en representación de la empresa
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Servicio de Atención Ciudadana
De Lunes a Viernes de 08h00 a 17h00
Dirección: Mall, 10 de Agosto y Cuenca
Según solicitud del usuario, máximo 12 meses.
Fecha de última actualización: 2026/04/01