Concesión minera de áridos y pétreos representada mediante una ilustración relacionada con el pago de la patente anual de conservación.

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Naranjal (GADM-Naranjal)

El trámite permite a los titulares de concesiones mineras de áridos y pétreos realizar el pago anual de la patente de conservación, obligación establecida en la normativa minera vigente para mantener la vigencia de la concesión, independientemente de que exista o no actividad de explotación.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a personas naturales, personas jurídicas privadas y personas jurídicas públicas que sean titulares de una concesión minera de áridos y pétreos debidamente regularizada dentro de la jurisdicción del cantón Naranjal y que deban cumplir con el pago anual de la patente de conservación para mantener vigente su derecho minero.

Art. 147.-Impuesto de patente de conservación.- En concordancia con el Art. 34 de la Ley de Minería, hasta única y exclusivamente el mes de marzo de cada año, los titulares de derechos mineros pagarán una patente anual de conservación que será el dos por ciento (2%) de una remuneración básica unificada del trabajador en general por cada hectárea minera concesionada. En ningún caso, ni por vía administrativa o judicial, se otorgará prórroga para el pago de esta patente.
El primer pago del valor de la patente de conservación deberá efectuarse dentro del término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha del otorgamiento del título minero y será la correspondiente al lapso que transcurra entre la fecha de otorgamiento de la concesión y el 31 de diciembre de dicho año.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Cumplimiento de la obligación anual de pago de la patente de conservación, manteniendo vigente la concesión minera de áridos y pétreos, conforme a la normativa aplicable

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:


1. Solicitud dirigida a la Jefatura de Áridos y Pétreos para la emisión de la orden de pago de la patente de conservación anual.Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 147 a la Ordenanza, referente al impuesto de patente de conservación.

¿Cómo hago el trámite?

Actividad

Responsable

Producto generado

1Ingreso de petición: Solicita a la Jefatura de Áridos Y Pétreos se genere la orden de pago por concepto de patente de conservación anual.ConcesionarioOficio ingresado 
2Aprobar u observar: Recepta petición registra.Asistente  
3Solicita genere título de cobro: Mediante memorando dirigido a la Jefatura de Rentas solicita se genere el título de cobroDelegado de AlcaldíaOficio solicitando 
4Notificación: Notifica al Concesionario Minero el valor a pagar por concepto de patente de conservación anual.ConcesionarioMediante correo se notifica.
5Título de cobro: Genera el cobro por concepto de patente de conservación anual. Rentas  
6Pago: Recepta los valores de pago por parte del Concesionario Minero.TesorerÍaCobro de los Valores 
7Recepción de comprobante de pago: Recepta el comprobante de pago y archiva en el expediente del área minera respectiva.    Fin de tramiteAsistente Archivo en el expediente.

Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El valor de la patente de conservación se determina conforme a lo establecido en el artículo 147 de la  ORDENANZA 32-16-2014-2019 y demás normativa vigente aplicable.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

GAD Municipal de Naranjal. Oficinas de Áridos y Pétreos.

Lunes a viernes de 08h00 a 17h00. Excepto feriados.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La patente es una obligación de carácter anual, cuyo pago corresponde al respectivo año fiscal.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: ARIDOS Y PETREOS

Email: aridosypetreosnaranjal@gmail.com

Teléfono: 042750020


Fecha de última actualización: 2026/07/10

Contenido

¿Te sirvió el contenido?