Concesión minera de áridos y pétreos representada mediante una ilustración relacionada con el pago de la patente anual de conservación.

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Naranjal (GADM-Naranjal)

El trámite permite a los titulares de concesiones mineras de áridos y pétreos realizar el pago anual de la patente de conservación, obligación establecida en la normativa minera vigente para mantener la vigencia de la concesión, independientemente de que exista o no actividad de explotación.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a personas naturales, personas jurídicas privadas y personas jurídicas públicas que sean titulares de una concesión minera de áridos y pétreos debidamente regularizada dentro de la jurisdicción del cantón Naranjal y que deban cumplir con el pago anual de la patente de conservación para mantener vigente su derecho minero.

Art. 147.-Impuesto de patente de conservación.- En concordancia con el Art. 34 de la Ley de Minería, hasta única y exclusivamente el mes de marzo de cada año, los titulares de derechos mineros pagarán una patente anual de conservación que será el dos por ciento (2%) de una remuneración básica unificada del trabajador en general por cada hectárea minera concesionada. En ningún caso, ni por vía administrativa o judicial, se otorgará prórroga para el pago de esta patente.
El primer pago del valor de la patente de conservación deberá efectuarse dentro del término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha del otorgamiento del título minero y será la correspondiente al lapso que transcurra entre la fecha de otorgamiento de la concesión y el 31 de diciembre de dicho año.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Cumplimiento de la obligación anual de pago de la patente de conservación, manteniendo vigente la concesión minera de áridos y pétreos, conforme a la normativa aplicable

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:


1. Solicitud dirigida a la Jefatura de Áridos y Pétreos para la emisión de la orden de pago de la patente de conservación anual.Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 147 a la Ordenanza, referente al impuesto de patente de conservación.

¿Cómo hago el trámite?

Actividad

Responsable

Producto generado

1Ingreso de petición: Solicita a la Jefatura de Áridos Y Pétreos se genere la orden de pago por concepto de patente de conservación anual.ConcesionarioOficio ingresado 
2Aprobar u observar: Recepta petición registra.Asistente  
3Solicita genere título de cobro: Mediante memorando dirigido a la Jefatura de Rentas solicita se genere el título de cobroDelegado de AlcaldíaOficio solicitando 
4Notificación: Notifica al Concesionario Minero el valor a pagar por concepto de patente de conservación anual.ConcesionarioMediante correo se notifica.
5Título de cobro: Genera el cobro por concepto de patente de conservación anual. Rentas  
6Pago: Recepta los valores de pago por parte del Concesionario Minero.TesorerÍaCobro de los Valores 
7Recepción de comprobante de pago: Recepta el comprobante de pago y archiva en el expediente del área minera respectiva.    Fin de tramiteAsistente Archivo en el expediente.

Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El valor de la patente de conservación se determina conforme a lo establecido en el artículo 147 de la  ORDENANZA 32-16-2014-2019 y demás normativa vigente aplicable.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

GAD Municipal de Naranjal. Oficinas de Áridos y Pétreos.

Lunes a viernes de 08h00 a 17h00. Excepto feriados.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El pago de la patente corresponde a una obligación de carácter anual.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: ARIDOS Y PETREOS

Email: aridosypetreosnaranjal@gmail.com

Teléfono: 0967567841


Fecha de última actualización: 2026/07/10

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