Entrega de documentos para la cesión o transferencia de derechos mineros en una oficina municipal.

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Naranjal (GADM-Naranjal)

La cesión o transferencia de derechos mineros es el trámite mediante el cual el titular de una autorización o concesión minera para la explotación de materiales áridos y pétreos transfiere total o parcialmente sus derechos a otra persona natural o jurídica, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente y la aprobación de la autoridad municipal competente.

Mediante este trámite, el nuevo titular asume todas las obligaciones técnicas, económicas, ambientales, legales y sociales inherentes al derecho minero transferido. La cesión o transferencia solo surte efecto una vez emitida la resolución administrativa correspondiente, protocolizada e inscrita ante la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) y registrada en el Registro Minero Municipal.

¿A quién está dirigido?

  • Personas naturales titulares de derechos mineros sobre áreas de áridos y pétreos que deseen ceder o transferir dichos derechos.
  • Personas jurídicas titulares de derechos mineros sobre áreas de áridos y pétreos.
  • Personas naturales o jurídicas interesadas en adquirir derechos mineros mediante cesión o transferencia.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

El usuario obtiene: Resolución Administrativa que autoriza la cesión o transferencia de los derechos mineros. Contrato de cesión o transferencia debidamente inscrito en el Registro Minero Municipal. Actualización del titular del derecho minero conforme a la inscripción realizada en la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) y en el Registro Minero Municipal.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Art.37.- Requisitos para la cesión o transferencia de los derechos mineros.- a la solicitud de cesión o transferencia de derechos mineros se anexará:

  1. Formulario lleno con la información siguiente:
  • Determinación exacta del derecho minero motivo de cesión o transferencia;
  • Datos del cesionario y del cedente;
  • Nombre o denominación del área otorgada;
  • Ubicación del área;
  • Fecha de otorgamiento e inscripción del título minero;
  • Número de hectáreas mineras del título;
  1. Certificado conferido por el Registro Minero Municipal del cual se desprenda la vigencia del título de la concesión minera, los gravámenes, limitaciones o prohibiciones que existan respecto del mismo, además de la existencia de otros contratos mineros o actos administrativos que consten en dicho Registro y que puedan afectar al área otorgada;
  2. Certificado de pago al día de patentes de conservación y/o regalías y otras tasas municipales;
  3. En el caso de personas naturales, copia de cédula de ciudadanía, certificado de votación, RUC de “Actividad Minera”. Para el caso de personas jurídicas, razón social o denominación y copia del RUC, debiendo acompañarse tanto el nombramiento del representante legal o apoderado debidamente registrado;
  4. Plano topográfico en formato A4 del área, contendrá la tabla de coordenadas WGS 84. En el plano constará la firma del profesional técnico responsable;
  5. Certificado del cedente y cesionario de no adeudar al GAD Municipal por ningún concepto; y,
  6. Declaración del cesionario minero, en la misma solicitud, de asumir la obligación de subrogarse en las obligaciones económicas, técnicas, ambientales y sociales respecto de las cuales se ha comprometido el cedente del derecho minero.

Requisitos Especiales:

Art. 38.- De la celebración del contrato de cesión o transferencia de derechos mineros y de su inscripción en el Registro Minero.- En concordancia con el Art. 59 del reglamento de la Ley de Minería, una vez que el titular minero haya obtenido informe favorable de autorización de cesión o transferencia de derechos mineros o haya operado el silencio administrativo positivo, celebrará el respectivo contrato de cesión y transferencia por escritura pública al que deberá agregarse como habilitantes los siguientes documentos:
a) Informe favorable de autorización de cesión y transferencia emitido por el GAD Municipal; y,
b) Pago de derecho de registro municipal correspondiente al cincuenta por ciento (50%) de una remuneración básica unificada del trabajador en general. La tasa del Registro Minero de ARCOM estará a lo dispuesto por el Ministerio Sectorial.
La escritura de cesión o transferencia de derechos mineros estará sujeta a la inscripción en el Registro y Catastro Minero Municipal y de ARCOM para su perfeccionamiento en un plazo de treinta (30) días contados a partir de su celebración. La falta de inscripción determinará la invalidez de los contratos, caducará el título y la concesión se revertirá al Estado y el área quedará libre.

¿Cómo hago el trámite?

ActividadResponsableProducto generado
1Petición: Presenta en Secretaría Municipal la petición adjuntando en carpeta los requisitos estipulados en el Art. 37 de la Ordenanza de Áridos y Pétreos.  ConcesionarioOficio ingresado a Secretaría General
2Recepta y remite peticiónSecretaría 
3Ingresa Petición ha Áridos y Pétreos: Recibe petición, registra, constata cumplimiento de requisitos. Verifica firmas del Cedente, Cesionario, Técnico Minero y Asesor LegalAsistente 
4Solicita genere título de cobro: Mediante memorándum solicita a la Jefatura de Rentas se genere la orden de pago por registro municipal.  Delegado de Alcaldía 
5Título de cobro: Genera el cobro por concepto de Cesion o Transferencia de los Derechos MinerosRentas  
6Pago: Recepta los valores de pago por parte del Concesionario Minero.TesoreríaCobro de los Valores 
7Comprobante de pago: Presenta comprobante y se archiva en el expediente, para continuar con el tramite.Asistente 
8Informe Técnico: Elabora Informe Técnico comprobando cumplimiento de requisitos técnicos. Formula observaciones, recomendaciones y conclusiones.Técnico  
9Subsana: Solo en el caso que informe tecnico tenga alguna observacionConcesionario 
 Solicitud de Informe Ambiental, Legal y CatastralDelegado de AlcaldíaMemorándum
10Informe AmbientalMedio AmbienteInforme Ambiental
11SubsanaConcesionario 
12Informe LegalAbogadoInforme Legal
13SubsanaConcesionario 
14Informe CatastralCatastroInforme de Catastro
15Cumplimiento de Informes: Emite cumplimiento de todos los informes, previo a emitir resolución.    
16Resolución Administrativa: Elaboración de Resolución Administrativa de autorización de Cesión de Derechos Mineros, suscribe el Director de áridos y pétreos.  Delegado de AlcaldíaResolución 
17Entrega de Resolución Administrativa: Se le entrega resolución y con memorándum entrega a peticionante para su protocolización e inscripción.  ConcesionarioMemorándum recibe el petionario
18Protocolización e Inscripción: Protocoliza resolución en Notaría Pública e inscribe en la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM).Concesionario 
19Inscripción en ARCOMConcesionario 
20Inscripción Municipal: Presenta la carpeta protocalizado e inscrita en ARCOM  Concesionario 
21Contrato de Cesión e Inscripción:  Delegado de Alcaldía 
22Solicita genere título de cobro: Mediante Memorando dirigido a la Jefatura de Rentas solicita se genere el título de cobroDelegado de AlcaldíaMemorándum 
23Título de Cobro: Genera el cobro por concepto de Cesion o Transferencia de los Derechos MinerosRentas  
24Pago: Recepta los valores de pago por parte del Concesionario Minero.Tesorería 
25Inscripción Municipal: Recepta comprobante de pago, inscribe contrato de cesión y transferencia de derechos mineros Asistente 
26Entrega título inscrito al nuevo Concesionario Minero. Fin del tramite.AsistenteRecibido por el usuario.

Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  • Art. 157.- Del pago por servicios administrativos.-Pago por derecho de registro municipal equivalente al 50 % de una Remuneración Básica Unificada (RBU) del trabajador en general.
  • Adicionalmente, el solicitante deberá cancelar la tasa de inscripción establecida por la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), conforme a la normativa vigente.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

De lunes a viernes de 08h00 a 17h00.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La autorización de cesión o transferencia tendrá vigencia mientras el derecho minero conserve su validez y permanezca inscrito en la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) y en el Registro Minero Municipal, conforme a la normativa aplicable.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: ARIDOS Y PETREOS

Email: aridosypetreosnaranjal@gmail.com

Teléfono: 0967567841


Fecha de última actualización: 2026/07/09

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