Ilustración representativa del proceso para obtener la autorización municipal de explotación de materiales áridos y pétreos en el cantón Naranjal.

Información proporcionada por: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Naranjal (GADM-Naranjal)

Este trámite permite a los titulares de una concesión minera obtener la Autorización Municipal de Explotación para desarrollar actividades de explotación de materiales áridos y pétreos bajo el régimen de pequeña minería, conforme a la normativa minera, ambiental y municipal vigente.

La autorización es emitida por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Naranjal, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos, legales, ambientales y administrativos establecidos en la Ordenanza que regula la explotación de materiales áridos y pétreos.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que sean titulares de una concesión minera para la explotación de materiales áridos y pétreos y requieran obtener la autorización municipal para iniciar las actividades de explotación en el cantón Naranjal.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

El ciudadano obtiene la Autorización Municipal para la Explotación de Materiales Áridos y Pétreos, documento que permite desarrollar actividades extractivas dentro del área autorizada, previo cumplimiento de la normativa vigente.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Art. 110 Requisitos para la petición de autorización de explotación.- Una vez obtenida la Concesión Minera, el beneficiario solicitará la autorización de explotación de materiales áridos y pétreos, solicitud que será firmada por el peticionario, el técnico responsable y el patrocinador legal; a la que se anexará lo siguiente:

  1. Formulario lleno con la información respectiva;
  2. Inscripción en ARCOM de la protocolización de la concesión otorgada;
  3. En los casos en que la Concesión haya sido conferido con anterioridad por el Ministerio Sectorial, previamente a la solicitud de Autorización Municipal para la Explotación o Tratamiento de materiales áridos y pétreos, el titular certificará que ha convalidado los respectivos títulos mineros dentro del plazo previamente otorgado por la Municipalidad.
  4. Comprobante de pago de la Tasa de Trámite Administrativo;
  5. Permiso Ambiental  y Plan de Manejo Ambiental;
  6. Certificación de la Autoridad Única del Agua, respecto de la eventual no afectación a cuerpos de agua superficial y/o subterránea y del cumplimiento al orden de prelación sobre el derecho al acceso al agua.
  7. Autorización de la Autoridad Única del Agua para captar aguas de cuerpos hídricos superficiales o subterráneos para el tratamiento de los materiales explotados, de ser el caso.
  8. Declaración juramentada  notariada en la que exprese  conocer que las actividades mineras no afectan: caminos, infraestructura pública, puertos habilitados, playas de mar y fondos marinos; redes de telecomunicaciones, instalaciones militares, infraestructura petrolera, instalaciones aeronáuticas, redes o infraestructura eléctricas, o vestigios arqueológicos o de patrimonio natural y cultural.

En esta misma declaración hará constar el expreso conocimiento de las disposiciones de ley y de la presente ordenanza  y su compromiso de irrestricto cumplimento de las mismas.

En los casos en que la concesión otorgada, tanto por el Ministerio Sectorial o por el GAD Municipal de Naranjal, se sobreponga a terrenos de propiedad privada, el concesionario no podrá efectuar la explotación de materiales de construcción sin contar con el debido contrato o autorización notariada otorgada por el propietario de dicho predio. Esta disposición se aplicará sin perjuicio de la fecha en que el propietario adquirió el dominio del predio o el titular minero el otorgamiento del título.

¿Cómo hago el trámite?

ActividadResponsableProducto generado
1Petición Consesionario 
2Recepta y remite peticiónSecretaría General  
3Ingresa petición a la Jefatura de Áridos y PétreosAsistente 
4Solicita genere título de cobroDelegado de Alcaldía 
5Título de cobro Rentas 
6PagoTesorería 
7Comprobante de pagoConsesionario 
8Informe TécnicoTecnico del area 
9SubsanaConsesionario 
10Informe AmbientalJefe y Tecnico de medio ambiente 
11SubsanaConsesionario 
12Informe LegalAbogado del Area 
13SubsanaConsesionario 
14Informe CatastralJefe de Castatro 
15Cumplimiento de Informes  
16Resolución AdministrativaDelegado de Alcaldía 
17Entrega de Resolución Administrativa.Asistente 
18Protocolización e inscripciónConsesionario 
19Inscripción ARCOMConsesionario 
20Inscripción MunicipalDelegado de Alcaldía 
21Solicita genere título de cobroDelegado de Alcaldía 
22Título de cobro Rentas 
23PagoTesorería  
24Inscripción Registro Minero MunicipalDelegado de Alcaldía 
25Entrega AsistenteAUTORIZACIÓN DE EXPLOTACIÓN PEQUEÑA MINERÍA

Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El solicitante deberá cancelar:

  • Tasa por trámite administrativo, conforme al tarifario vigente del GAD Municipal de Naranjal.
  • Valores correspondientes a la inscripción en el Registro Minero Municipal, de conformidad con la ordenanza vigente.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

De lunes a viernes de 08h00 a 17h00. Excepto feriados.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La autorización tendrá la vigencia establecida en la Resolución Administrativa y en la normativa minera y municipal aplicable.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: ARIDOS Y PETREOS

Email: aridosypetreosnaranjal@gmail.com

Teléfono: 0967567841


Fecha de última actualización: 2026/07/10

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