La Aprobación de Propiedad Horizontal es el trámite que autoriza a las edificaciones que tengan dos o más unidades independientes de vivienda, oficinas, comercios u otros usos, de acuerdo a la Ley de Propiedad Horizontal y su Reglamento, puedan ser enajenados individualmente.
El trámite esta dirigido para toda la ciudadanía en general, que requieran obtener la Licencia Municipal Urbanística de Intervenciones Constructivas: régimen de Propiedad Horizontal y deben contar con toda la documentación solicitada para la emisión del tramite correspondiente.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Licencia Municipal Urbanística de Intervenciones Constructivas: régimen de Propiedad Horizontal.
1. Certificado de no adeudar al municipio Formulario –TM-1. 2. Tasa por Servicios Técnicos y Administrativos.
3. Certificado de no adeudar a la EPAAGE-Mejía.
4. Copia de la cedula de el o los propietarios y papeleta de votación vigente.
5. Formulario DIPLAT
6. Copia de la carta del pago del impuesto predial del año en curso.
7. Certificado de gravámenes otorgado por el Registro de Propiedad del cantón Mejía.
8. Informe Predial De Regulaciones De Uso De Suelo (IPRUS).
9. Copia de las escrituras del inmueble, debidamente inscrita en el registro de la propiedad.
10. Copia de la escritura de la constitución y del nombramiento del representante legal debidamente inscrito "empresas" (de ser el caso).
11. Poder especial notarizado (de ser el caso).
12. Cuatro (4) juegos del Cuadro de alícuotas, áreas comunales y linderos, en formato A4, los mismos que deberán contener en la parte inferior las firmas de los propietarios, números de cedula, nombre, firma del profesional responsable y el espacio necesario para los sellos de aprobación.
13. 2 archivos digitales y en CD de la información de la propiedad horizontal (planos en archivo DWG y cuadros en formato en Excel).
14. Copia de cédula legible del profesional.
15. Copia del registro municipal del profesional.
16. Registro SENESCYT del profesional.
17. Informe y planos arquitectónicos, que contengan los sellos de aprobación, legalización y regularización de edificaciones existentes.
En caso de herederos o copropietarios deberán adjuntar; la autorización notarizada, del 100% de los propietarios en la que están de acuerdo en realizar la declaración de propiedad horizontal del inmueble.
Nota 1: Para predios rurales presentar Certificados de factibilidades para provisión de servicios básicos otorgados por las instituciones u organismos pertinentes.
Nota 2: La documentación se deberá presentar en carpetas color tomate o en una carpeta colocar los planos y toda la documentación solicitada (original)
En 3 carpetas colocar los planos y toda la documentación solicitada (copias)
En caso de herederos o copropietarios deberán adjuntar; la autorización notarizada, del 100% de los propietarios en la que están de acuerdo en realizar la declaración de propiedad horizontal del inmueble.
Para realizar la modificatoria de una declaratoria de propiedad horizontal el o los propietarios deberán presentar, la autorización de por lo menos el 75% de condominios.
Nota: Debe ser presentada en una carpeta con planos y la documentación solicitada (original) y 3 carpetas con copias en carpetas de color tomate.
1) Acercarse a balcón de servicios para obtener la información de proceso del trámite.
2) Realizar los pagos de valores pendientes y de formularios y certificados en ventanilla.
3) Llenar los correspondientes formularios en balcón de servicios
4) Revisión de documentación y asignación de técnico de la Dirección de Planificación Territorial.
5) Inspección del predio (si lo requiere).
6) Emisión del Informe de conformidad técnico arquitectónico.
7) Generación del titulo de crédito.
8) Pago de la tasa administrativa.
9) Retiro del informe en el Dirección de Planificación Territorial.
Canales de atención: Presencial.
1) $ 2,05 - Certificado de no adeudar al Municipio - Formulario-TM-1.
2) $ 2,00 - Certificado de no adeudar a la EPAAGE Mejía).
3) $ 2,10 - Formulario DIPLAT-4.
4) PROPIEDAD HORIZONTAL $ 40,00 por cada alícuota que corresponde a los espacios cubiertos de uso exclusivo.
El Gad Municipal de Mejía ubicado en la calle José Mejía E-50 y Simón Bolívar
Balcón de servicios ubicado en la primera planta del edificio municipal.
Lunes a viernes de 8h00 a 16h30
La respuesta será emitida por las dependencias en horario laborable: de lunes a viernes de 8h00 a 16h30.
Contacto: Dirección de Planificación Territorial
Email: e.almachiv@municipiodemejia.gob.ec
Teléfono: 3819-250 ext. 102
SECCIÓN III
DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL
Artículo 198.- Edificaciones que pueden acogerse bajo el régimen de propiedad horizontal. - Podrán acogerse al Régimen de Propiedad Horizontal las siguientes:
1. Las edificaciones ubicadas en áreas de suelo urbano y en áreas de suelo rural observando las asignaciones de aprovechamiento urbanístico establecidas en el Plan de Uso y Gestión de Suelo, así como en sus planes urbanísticos complementarios;
2. En suelo rural de producción se permite la propiedad horizontal en proyectos productivos, logísticos o residenciales que deberán observar los coeficientes de aprovechamiento asignado; y,
3. Los conjuntos habitacionales, proyectos comerciales, industriales u otros, podrán acogerse al régimen de propiedad horizontal siempre y cuando observen los estándares urbanísticos y normas arquitectónicas viales, establecidas en los instrumentos de planificación y cumplan los siguientes parámetros:
Artículo 199.- Obtención de la autorización de Propiedad Horizontal. - La autorización de Propiedad Horizontal, se emitirá a través de la Licencia Municipal Urbanística de Intervenciones Constructivas.
Las Licencias Municipales Urbanísticas de Intervenciones Constructivas que incluyan construcciones bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, deberán estar debidamente inscritas en el Registro de Propiedad.
Fecha de última actualización: 2026/01/12