Regula exclusivamente el proceso de regularización excepcional de edificaciones informales que hayan sido ejecutadas sin contar con las autorizaciones municipales o en su defecto, no están construidas de acuerdo con los planos aprobados por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía, siempre que dichas edificaciones sean susceptibles de cumplimiento de los estándares mínimos de seguridad estructural, funcionalidad, habitabilidad, compatibilidad urbanística y sostenibilidad ambiental.
El trámite esta dirigida a personas que tengan edificaciones informales que hayan sido ejecutadas sin contar con las autorizaciones municipales o en su defecto, no están construidas de acuerdo con los planos aprobados por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía, tanto en suelo urbano como en suelo rural, ya sean públicas o privadas.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificado de Habitabilidad de Construcción Regularizada
1) Informe Predial de Regularización del Uso del Suelo del Cantón Mejía – IPRUS;
2) Certificado de gravámenes actualizado;
3) Levantamiento topográfico georreferenciado, validado por la Dirección de Geomática Avalúos y Catastros;
4) Formulario de solicitud de regularización de construcciones informales según los parámetros establecidos por la Dirección de Planificación Territorial;
5) Copia de cédula de ciudadanía del o los propietarios del inmueble;
6) Copia del recibo de pago del impuesto predial del año fiscal en curso;
7) Certificado de no adeudar al municipio (formulario -TM-1); 8) Tasa por Servicios Técnicos y Administrativos.
9) Certificado de no adeudar a la empresa pública municipal de agua potable y alcantarillado, EPAAGE-MEJÍA EP;
10) Copia del título de propiedad, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, en caso de derechos y acciones deberán firmar los documentos
habilitantes el 100% de los copropietarios;
11) En caso de no ser el titular que solicite, adjuntar un poder notariado con razón de no revocatoria;
12) Memoria fotográfica;
13) Copia de cédula y registro municipal del o los profesionales a cargo del proyecto;
14) Planos arquitectónicos físico y digital georreferenciado con formato DWG en versión 2007;
15) Pago del servicio básico de agua potable, energía eléctrica, alcantarillado o saneamiento, del año en curso o documentación que justifique la dotación de servicios, cuando no se evidencia la dotación de servicios en el IPRUS;
16) Requisitos específicos por procedimiento y tipología descritos en el Anexo Técnico No. 1 de la presente ordenanza;
17) En los casos en que las construcciones informales se hayan legalizado en procesos de regularización previos a la vigencia de esta ordenanza se deberá
adjuntar el informe de regularización y los planos;
18) En los predios que existan bienes inmuebles patrimoniales se necesitará informe favorable emitido por la Dirección de Planificación Territorial y notificado
al ente rector, que determine que no existen afectaciones a la integridad física y/o visual del bien inmueble patrimonial; y,
19) Declaración juramentada según el Anexo Técnico 1.
Estudio estructural detallado
1) Acercarse a balcón de servicios para obtener la información de proceso del trámite.
2) Realizar los pagos de valores pendientes y de formularios y certificados en ventanilla.
3) Llenar los correspondientes formularios en balcón de servicios
4) Revisión de documentación y asignación de técnico de la Dirección de Planificación Territorial.
5) Inspección (si lo requiere)
6) Emisión del Certificado de Habitabilidad de Construcción Regularizada
7) Generación del titulo de crédito.
8) Pago de la tasa administrativa.
9) Retiro del informe en la Dirección de Planificación Territorial.
Canales de atención: Presencial.
1) $ 2,05 - Certificado de no adeudar al Municipio - Formulario-TM-1.
2) $ 2,00 - Certificado de no adeudar a la EPAAGE Mejía).
La tasa de Regularización será la establecida en el Artículo 25.- de la ORDENANZA PARA LA REGULARIZACIÓN DE LAS CONSTRUCCIONES
INFORMALES DEL CANTÓN MEJÍA, según tipologías
Lunes y Miércoles 8h00 a 17h00
La respuesta será emitida por las dependencias en horarios laborable: de lunes a viernes de 8h00 a 16h30.
Vigencia de 1 año
Contacto: Dirección de Planificación Territorial
Email: e.almachiv@municipiodemejia.gob.ec
Teléfono: 3819-250 ext. 102
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO
Sección I
Reglas generales
Artículo 13.- De los Requisitos. - Toda persona natural o jurídica para acogerse al procedimiento de regularización de construcciones informales, deberá presentar obligatoriamente ante el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía, la siguiente documentación general sin perjuicio de información y documentación adicionales considerando cada tipo de procedimiento:
La Dirección de Planificación Territorial podrá verificar, complementar o solicitar información adicional necesaria en función de la modalidad de procedimiento (ordinario o simplificado) y de las condiciones específicas de la construcción a regularizar. Para el caso de viviendas de interés social se requiere adjuntar los siguientes requisitos:
En el caso de existir incrementos de áreas, se adjuntará un plano modificatorio exclusivo del área incrementada firmado por el profesional responsable, así como el archivo digital del proyecto en CD.
Fecha de última actualización: 2026/01/12