La Notificación de Inicio de las Obras de Subdivisión es la presentación del proyecto de subdivisión a fin de establecer un plazo para terminar las obras en tres años a partir de la notificación en la Agencia Metropolitana de Control a través del formulario normalizado N° 9.
Todos los Administrados públicos o privados con o sin personería jurídica que desarrollen procesos de habilitación del suelo dentro del Distrito Metropolitano de Quito, deben cumplir con el ordenamiento jurídico metropolitano establecido y obtener la notificación de inicio de obra.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Notificación de inicio de obra registrada en el Sistema SGT/SLUM
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 08h00 y las 16h30
La notificación de inicio de obras tiene una vigencia de tres años a partir de la fecha de su realización.
Contacto: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 3952310
Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec
Teléfono: 1800 510 510
1. Para la habilitación del suelo en materia de subdivisiones, el administrado solicitará al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito la emisión de la LMU (10), único documento que autoriza al administrado la precitada actuación.
El administrado deberá notificar, a través del formulario normalizado, electrónicamente, el inicio de las obras de subdivisión autorizadas, que deberán realizarse dentro de los plazos previstos en este capítulo.
2. La autorización de subdivisiones es el instrumento que contiene la aprobación del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito de los proyectos de fraccionamiento del suelo, en los términos del ordenamiento jurídico metropolitano.
3. Con la LMU (10) el Municipio Metropolitano de Quito aprobará el Proyecto Técnico referido en el artículo anterior. La aprobación se realizará sobre la base del Certificado de Conformidad adjuntado a la solicitud del administrado y no implicará nueva revisión por parte de la Autoridad Administrativa Otorgante, sin perjuicio de las potestades de control posterior al otorgamiento de la Licencia Metropolitana.
4. La LMU (10) emitida para el caso de actuaciones que requieran obras de subdivisión, constituirá además autorización suficiente para que el administrado ejecute las obras requeridas.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-07 | 8 | 8 |
2 | 2024-08 | 0 | 0 |
3 | 2024-09 | 3 | 3 |
4 | 2024-10 | 0 | 4 |
Fecha de última actualización: 2024/08/21