La Dirección Metropolitana de Bienes Inmuebles entrega copias simples de escrituras de titularidad de dominio de predios de propiedad Municipal que reposan en el archivo central de los diferentes procesos que se llevan a cabo en la dependencia
Nota: Solo se entregan escrituras simples de predios de Propiedad Municipal, NO se entregan escrituras de Predios de propiedad privada.
Cualquier persona natural: ecuatoriano o extranjero mayores de edad o jurídica: privada o pública que se encuentren legalmente constituidas que requiera copias simples y/o certificaciones de escrituras de titularidad de dominio de predios de propiedad municipal que reposen en el archivo central de la Dirección Metropolitana de Gestión de Bienes Inmuebles sobre procesos que llevan a cabo en la institución
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Copias simples o certificadas de escrituras de titularidad de dominio de predios municipales
Nota: Solo se entregan escrituras simples de predios de Propiedad Municipal, NO se entregan escrituras de Predios de propiedad privada.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 08h00 y las 16h30
Contacto: Servicios Ciudadanos WhatsApp Messenger: (02) 3952310
Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec
Teléfono: Contact Center Municipal: 1800 510 510
Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Art(s). 19,20,21
El interesado a acceder a la información pública que reposa, manejan o producen las personas jurídicas de derecho público, deberá hacerlo mediante solicitud escrita ante el titular de lainstitución.
La solicitud de acceso a la información no implica la obligación de las entidades de la administración pública , a crear o producir información, con la que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. En este caso, la institución o entidad,comunicará por escrito que la denegación de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en su poder, respecto de la información solicitada. Esta Ley tampoco faculta a los peticionarios a exigir a las entidades que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean, salvo aquellos que por sus objetivos institucionales deban producir.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2024-07 | 0 | 4 |
2 | 2024-08 | 0 | 4 |
3 | 2024-09 | 0 | 0 |
4 | 2024-10 | 0 | 3 |
5 | 2024-11 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2024/08/21