Emisión de Registro Turístico para la actividad económica de Alojamiento en el Distrito Metropolitano de Quito

El Registro de Turismo, es la inscripción del establecimiento turístico en la cual se determina la actividad, tipo y categoría, desarrollada por personas naturales y jurídicas, conforme los cuerpos legales emitidos por el MINTUR.

Nota: En el transcurso de 60 días posteriores a la emisión de las autorizaciones administrativas, el usuario recibirá la visita de inspección.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son los propietarios de Alojamiento Turístico determinado en la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo quienes obtendrán el Registro de Turismo.

LOS REQUISITOS DOCUMENTALES SERÁN VERIFICADOS EN LA INSPECCIÓN TÉCNICA POSTERIOR A LA OBTENCIÓN DEL REGISTRO TURÍSTICO EN LÍNEA.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Obtención del Registro Turístrico en el cual se especifica la clasificación y categoría de la actividad turística.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Documento constitutivo de la empresa debidamente aprobada por la autoridad correspondiente, en la que conste como su objeto social el desarrollo de la actividad (aplica solo en el caso de personería jurídica);

  2. RUC - Registro Único de Contribuyentes o RIMPE - Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Certificado del Establecimiento Registrado)

  3. Trámite de la Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas LUAE

  4. Resultado aprobado del cuerpo de Bomberos.

¿Cómo hago el trámite?

CANAL VIRTUAL
Procedimiento simplificado:

  1. Obtener trámite LUAE
  2. Ingresa al Sistema de Catastro de Establecimientos Turísticos SICET.
  3. Realizar tu declaración responsable de cumplimiento.
  4. Imprimir tu Registro de Turismo con la actividad correspondiente.
  5. Recibir correo o llamada telefónica para agendar la visita técnica posterior.
  6. Recibir la visita de inspección al establecimiento.

Nota: Recuerda cancelar el valor de Tasa de Turismo en la plataforma de consulta municipal: https://pam.quito.gob.ec/Consultaobligaciones/MenuIngresosConsulta.aspx, este pago se realizará en las instituciones bancarias con las que el Municipio de Quito mantiene convenios para el efecto.

 

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En línea:

Habilitado las 24 horas del día los 7 días de la semana. La respuesta será emitida en horarios laborables.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

De conformidad con el artículo, 47 del Reglamento General a la Ley de Fortalecimiento de Actividades Turísticas; el registro de turismo se efectuará por una sola vez; y, el prestador de servicios turísticos tendrá la obligación de actualizar cualquier cambio que se produzca en la declaración de la información consignada al momento de obtener el registro. De no cumplirse con la respectiva actualización de la información que corresponda dentro de los 15 días, verificada a través de la gestión de control en el establecimiento o por cualquier otro medio, se aplicarán las multas dispuestas en la Ley de Turismo. En el caso de reincidencia, la multa podrá duplicarse si no se ha actualizado la información en el término de tres días, contados a partir de la notificación realizada en la gestión de control.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Servicios para la Industria Turística

Email: registroturistico@quito-turismo.gob.ec

Teléfono: 2993300 ext 1032, 1035, 1003

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 1 19
2 2025-02 0 5
3 2025-03 0 9
4 2024-07 0 22
5 2024-08 1 8
6 2024-09 0 11
7 2024-10 0 9
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/05/03

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