La Dirección de Prevención y Seguridad contra Incendios del Cuerpo de Bomberos del Distrito Metropolitano de Quito, a través de sus Coordinaciones Zonales, realiza la inspección del lugar en el que se desarrolla un evento de concurrencia masiva, y se verifica la capacidad de aforo, vías de evacuación, sistema de extinción, señalética, sistema eléctrico, plan de emergencias emitiendo el respectivo permiso.
Evento: Suceso programado de carácter artístico, social o deportivo en el que existe presencia de público.
Evento en instalación no permanente: Para nuestros fines, parques de diversiones, circos, exhibiciones.
Se emitirá la autorización para la realización de eventos públicos, excepto para aquellos que se desarrollen en áreas no delimitadas y en las que no exista riesgo para la seguridad humana ni riesgo de incendios, incluyendo actividades que involucren más de cuatro (4) tanques de Gas Licuado de Petróleo (GLP).
No requerirán autorización los siguientes eventos o actividades: hornados solidarios; marchas; desfiles; carreras deportivas; eventos religiosos; actividades afines al giro habitual de establecimientos debidamente autorizados (por ejemplo, obras teatrales realizadas en teatros autorizados); así como eventos familiares, institucionales o empresariales desarrollados dentro de sus propias instalaciones.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Permiso ocasional de funcionamiento para eventos de concurrencia masiva
Mapas de riesgos,recursos y evacuación, debidamente firmados por el organizador.
Pronunciamiento de la Comisión de Aforo, para eventos con aforo mayor a 1500 personas (eventos en espacios delimitados).
Certificado de mantenimiento y buen estado de las estructuras, incluyendo graderíos, equipos, maquinaria, generadores eléctricos y otros, bajo la responsabilidad de un profesional competente, legalmente autorizado, para ejercer, con una vigencia de máximo 6 meses. Para eventos no permanentes como: circos, parques de diversión con juegos mecánicos.
Solicitud para autorización de espectáculo pirotécnico con detalle del material pirotécnico (información disponible en Servicios en Línea del Cuerpo de Bomberos). Para uso de Pirotecnia.
Copia del carnet vigente del operador de la pirotecnia, emitido por las FF.AA. Para uso de Pirotecnia.
Documento de responsabilidad de daños a terceros, firmado por el organizador. Para uso de Pirotecnia.
Croquis firmado por el organizador del evento y el operador de la pirotecnia, en el que se indique el sitio del almacenamiento e instalación del material pirotécnico del operador de la pirotecnia, espectadores y las respectivas distancias de seguridad a edificios, vegetación y redes eléctricas. también se incluirá las vías de evacuación y los puntos seguros. En caso de evacuación. Para uso de Pirotecnia.
VIRTUAL
PRESENCIAL
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
Por el tiempo de duración del evento en la fecha y el lugar establecido en dicho documento.
Contacto: Contacto: Ventanilla única de eventos. Juan Báez.
Email: Jbaez@bomberosquito.gob.ec
Teléfono: Teléfono: 3952300 ext. 20432
El libro III, Título VII De Régimen Común en Materia de Prevención de Incendios para el Licenciamiento Metropolitano establece las reglas técnicas en materia de prevención de incendios que definen un estándar mínimo de seguridad frente al riesgo de incendios en el Distrito Metropolitano de Quito. También establece el régimen administrativo para el otorgamiento de los permisos del Cuerpo de Bomberos tanto para actividades económicas como de la construcción que forman parte del otorgamiento de las licencias metropolitanas.
| # | Año-Mes | Requerimientos | Atenciones | Quejas | Denuncias |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 182 | 0 | ||
| 2 | 2026-02 | 251 | 0 | ||
| 3 | 2026-03 | 236 | 0 | ||
| 4 | 2026-04 | 240 | 0 | ||
| 5 | 2026-05 | 339 | 0 | ||
| 6 | 2026-06 | 264 | 0 | ||
| 7 | 2026-07 | 314 | 0 | ||
| 8 | 2026-08 | 0 | 286 | 0 | 0 |
| 9 | 2026-09 | 0 | 380 | 0 | 0 |
| 10 | 2025-01 | 167 | 0 | ||
| 11 | 2025-02 | 211 | 0 | ||
| 12 | 2025-03 | 229 | 0 | ||
| 13 | 2025-05 | 341 | 0 | ||
| 14 | 2025-06 | 305 | 0 | ||
| 15 | 2025-08 | 341 | 0 | ||
| 16 | 2025-09 | 290 | 0 | ||
| 17 | 2025-10 | 330 | 0 | ||
| 18 | 2025-12 | 266 | 0 | ||
| 19 | 2024-07 | 323 | 0 | ||
| 20 | 2024-08 | 296 | 0 | ||
| 21 | 2024-09 | 286 | 0 | ||
| 22 | 2024-10 | 313 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/02/11