La Licencia Metropolitana Urbanística LMU 40-A, autoriza la construcción de infraestructura física, para el despliegue de redes de telecomunicaciones y energía eléctrica, semaforización y video vigilancia, dentro del Distrito Metropolitanos de Quito y habilita la ocupación temporal de los bienes de dominio público de uso público.
¿A quién está dirigido?
- Los prestadores de servicios de telecomunicaciones que requieran construir infraestructura física para la prestación del servicio;
- Los prestadores de servicios de energía eléctrica que requieran construir infraestructura física para la prestación del servicio;
Los proveedores y promotores, de derecho público o privado, que construyan infraestructura física destinada a la prestación de servicios de telecomunicaciones y energía eléctrica; y - Las empresas públicas de semaforización y videovigilancia que operan en el Distrito Metropolitano de Quito y que requieran construir infraestructura física para la prestación de sus servicios.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Licencia Metropolitana Urbanística LMU 40-A
Informe técnico del proyecto
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Formulario normalizado para la obtención de la licencia metropolitana urbanística para la construcción de infraestructura física para las redes de energía eléctrica, telecomunicaciones, semaforización y videovigilancia / LMU 40-A.: Descargar en el siguiente enlace: https://surl.li/hzsrtc
- Memoria técnica donde conste el proyecto técnico
- Planos del proyecto técnico en PDF suscrito con firma electrónica.
Requisitos Especiales:
- Título habilitante emitido por la entidad nacional la cual habilita para prestar el servicio de telecomunicaciones o proveedor de infraestructura de telecomunicaciones o promotor de infraestructura física soterrada de telecomunicaciones.: Para el Caso de Empresas de telecomunicaciones LMU 40A.
- Oficio de la Empresa Eléctrica Quito con los requerimientos propuestos para la instalación de energía eléctrica (vigencia de 1 año).: En el caso de que el proyecto requiera autorización de la Empresa Distribuidora de Energía Eléctrica
- Plano de interferencias para PDH.: En el caso de que el proyecto requiera Perforación Horizontal Dirigida.
- Estudio de cobertura (Suscrito por profesional a fin).: En el caso de que el proyecto requiera instalar infraestructura para Servicio Móvil Avanzado
- Estudio de carga estructural (Suscrito por profesional a fin).: En el caso de que el proyecto requiera instalar infraestructura para Servicio Móvil Avanzado
- Oficio de la Empresa Eléctrica Quito con la factibilidad eléctrica favorable o proyecto eléctrico aprobado con los requisitos (vigencia de 1 año).: En el caso de que el proyecto requiera instalar infraestructura para Servicio Móvil Avanzado
- Carta de intención que acredite el uso del punto solicitado, suscrita en conjunto con la empresa prestadora: Para el caso de un proveedor de infraestructura para Servicio Móvil Avanzado.
- Acuerdo de Intervención, convenio o contrato de concesión legalmente emitidos por la entidad nacional para prestar el servicio de telecomunicaciones y energía eléctrica en el MDMQ.: En el caso de que el solicitante se acoja a la recuperación de inversión o ceda la infraestructura física gratuitamente
- En caso de que el formulario sea suscrito por una tercera persona, se deberá adjuntar el poder otorgado por el propietario del predio o el representante legal.: En el caso de terceras personas
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
- Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”. Ingresar al sistema con usuario y clave personal. En caso de no tener, se debe realizar el registro de usuario como personal natural o jurídica, según sea el caso.
- Registrar la información, firmar y enviar los documentos correspondiente a los requisitos en el Portal de Trámites en Línea. En el caso de ser archivos de gran tamaño, se solicita remitir en la documentación un enlace para descarga de los requisitos completos. Recibir un número de trámite para el correspondiente seguimiento en el Portal de Trámites en Línea.
- Una vez revisada la documentación por parte de un analista técnico, en el caso de que existan observaciones (requisitos o proyecto técnico) deben presentar los documentos de subsanación en el término máximo de 10 días, caso contrario finalizará el trámite y se emitirá el documento con observaciones.
- Cuando todos los requisitos estén correctos, se debe asistir a la inspección para la revisión técnica del proyecto. En el caso de que el proyecto no cumpla con los lineamientos establecidos en la regla técnica se procederá a emitir un informe no favorable y se finalizará el trámite.
- Recibir la orden de pago, la cual deberá ser cancelada en cualquier institución bancaria en el término máximo de 5 días
- Recibir la Licencia Metropolitana Urbanística LMU 40-A) e Informe Técnico Favorable.
Canales de atención:
En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
¿Cuál es el costo del trámite?
La tasa por construcción de la infraestructura física de telecomunicaciones, se establecerá de acuerdo con el monto de inversión y en conformidad a lo establecido en la normativa emitida por el ente rector en materia de telecomunicaciones, de acuerdo a la siguiente fórmula.
TLMU 40-A=0.04761*X[$]→X<210(SBU)[$]
TLMU 40-A=10*SBU[$]→X≥210(SBU)[$]
La fórmula generará los valores a pagar para la obtención de la LMU 40-A, donde el valor de X es el costo de la de infraestructura física, siempre y cuando su costo de su infraestructura sea menor a 210 SBU (<210
(SBU)).
Cuando el costo de su infraestructura sea mayor a 210 SBU (≥210 (SBU)), el monto máximo de cobró será 10 SBU, de acuerdo a la norma emitida por el ente rector en materia de telecomunicaciones.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
En línea:
Trámite en línea habilitado las 24 horas.
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
La LMU 40-A se otorgará por el tiempo determinado en el proyecto técnico para la construcción de la infraestructura física, que en ningún caso podrá superar los trescientos sesenta y cinco días calendario.
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Ordenanza Municipal 001 Código Municipal - Art(s). 1284- 1304
El objeto del presente Título es regular la planificación y gestión del soterramiento de redes de servicio de telecomunicaciones, energía eléctrica, semaforización y video vigilancia existentes y futuras; así como, la construcción de la infraestructura física que hacen uso de la ocupación de suelo, espacios de vía pública en los bienes de dominio público, en el ámbito de las competencias del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
| # |
Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
| 1 |
2024-07 |
0 |
10 |
| 2 |
2024-09 |
0 |
9 |
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Fecha de última actualización: 2026/01/08