LMU40 A

La Licencia Metropolitana Urbanística LMU 40-A, autoriza la construcción de infraestructura física necesaria para las redes de telecomunicaciones energía eléctrica, semaforización y video vigilancia, dentro del territorio del Distrito Metropolitano de Quito y la ocupación temporal de los bienes de dominio público de uso público para su construcción.

 

¿A quién está dirigido?

El trámite pude ser realizado por:

  • Los prestadores de servicios de telecomunicaciones que, para la prestación del servicio, requieran la construcción infraestructura física. 
  • Los prestadores de servicios de energía eléctrica que, para la prestación del servicio, requieran la construcción infraestructura física. 
  • Los proveedores y promotores de derecho público o privado que construyan infraestructura física, para el servicio de telecomunicaciones y energía eléctrica. 
  • Las empresas públicas de semaforización y video vigilancia que prestan servicios en el Distrito Metropolitano de Quito y que requieran de la construcción de infraestructura física.

 

 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Licencia Metropolitana Urbanística LMU 40 A

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. No tener obligaciones vigentes adeudadas al Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito; 
  2. Formulario ordinario normalizado; 
  3. Proyecto Técnico (bajo el estricto cumplimiento de las Reglas Técnicas definidas para el efecto conforme el artículo de procedimiento digital); 

Nota: Para realizar el trámite en línea, el administrado debe estar registrado en el Portal de Servicios Municipales (PAM quito)

Requisitos Especiales:

CANALIZACIÓN SOTERRADA PARA EL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES

  • Acuerdo de intervención de la infraestructura que tenga como beneficiario al administrador del sistema metropolitano de canalización soterrada

OBRAS DE CANALIZACIÓN SOTERRADA QUE SE EJECUTEN FUERA DEL PLAN METROPOLITANO DE INTERVENCIÓN PARA EL SOTERRAMIENTO (SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES)

  • Acto administrativo de la autoridad nacional del control de las telecomunicaciones en el que autoriza el polígono de soterramiento que se planea ejecutar.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Canal Presencial:

  1. Descargar el formulario ordinario formalizado en el siguiente link: https://sthv.quito.gob.ec/Portals/0/noticias%202023/Formulario%20STHV-LMU40%20A.pdf?ver=duPHGfZxyHVkYhdltAB6jg%3d%3d
  2. Llenar el formulario y firmarlo.
  3. Dirigirse a la ventanilla de la Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda con los requisitos obligatorio y especiales (cuando aplique)
  4. Entregar todos los requisitos en ventanilla
  5. Recibir correo de respuesta con la emisión de la Licencia (mail registrado en la solicitud)

En línea:

  1. Descargar el formulario ordinario de formalización, registrar la información y suscribir, el documento se encuentra en el siguiente link: https://sthv.quito.gob.ec/Portals/0/noticias%202023/Formulario%20STHV-LMU40%20A.pdf?ver=duPHGfZxyHVkYhdltAB6jg%3d%3d
  2. Seleccionar la opción "Ir al trámite en línea"  e ingresar con usuario y clave
  3. Adjuntar en el sistema STL, los requisitos obligatorios y especiales (cuando aplique)
  4. Recibir correo de respuesta con la emisión de la Licencia (mail registrado en la solicitud)

Nota: El administrado debe contar con usuario y clave, para efectuar el trámite en línea. En caso de no estar registrado, ir al siguiente link: https://pam.quito.gob.ec/PAM/Inicio.aspx


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

La tasa por construcción de la infraestructura física de telecomunicaciones, se establecerá de acuerdo con el monto de inversión y en conformidad a lo establecido en la normativa emitida por el ente rector en materia de telecomunicaciones,

  • Los valores a pagar para la obtención de la LMU 40-A, estará dado por el costo de la infraestructura física, siempre y cuando su costo sea menor a 210 SBU (<210(SBU)). 
  • Cuando el costo de su infraestructura sea mayor a 210 SBU (≥210 (SBU)), el monto máximo de cobró será 10 SBU,

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Canal Virtual:

Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.

Canal Presencial

Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 a 16:00 en la ventanilla de la Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda ubicada en la calle García Moreno N2.57 y Sucre

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La LMU 40-A se otorgará por el tiempo determinado en el proyecto técnico para la construcción de la infraestructura física, que en ningún caso podrá superar los trescientos sesenta y cinco días.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios Ciudadanos WhatsApp Messenger: (02) 3952310

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: Contact Center Municipal: 1800 510 510

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2023/02/09