Fecha de suscripción: 2022-12-02
Fecha de publicación: 2021-07-14
Número de registro: R.O. 1615
Tipo de regulación: Código Orgánico
Art. 2037.- Acto administrativo de la LMU 40.- La LMU 40, es el acto administrativo con el que, el Gobierno Autónomo
Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, autoriza la construcción de infraestructura física, para el despliegue de
redes de telecomunicaciones y energía eléctrica, semaforización y video vigilancia y la consecuente ocupación de bienes
de uso público.
Art. 2039.- Autoridad Administrativa Otorgante.- El órgano responsable del territorio, hábitat y vivienda del Gobierno
Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, es la autoridad administrativa otorgante de la LMU 40-A y
LMU 40-B.