Emisión de Informe Técnico de Replanteo vial, para vías locales urbanas

Es la determinación del eje de la vía y las afectaciones reales en territorio, a través de la medición de distancias, ángulos, y demás elementos que constituyen la vía, para lo cual se observarán los procedimientos, grado de precisión y tolerancia de errores indicados en la normativa vigente.

Los informes de replanteos y afectaciones viales para vías locales de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito serán emitidos por las Administraciones Zonales dentro del ámbito de su circunscripción territorial de acuerdo a lo previsto en los actos normativos vigentes aprobados por el Concejo Metropolitano y los diseños definitivos debidamente aprobados por las autoridades administrativas. Para las vías arteriales, expresas y colectoras de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, el informe de replanteo y afectación vial será emitido por la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas. 

¿A quién está dirigido?

Todo propietario Jurídico-Privada, Jurídica-Pública, Natural-Ecuatoriana, Natural-Extranjera de un lote de terreno en el Distrito Metropolitano de Quito, que solicite el  Informe Técnico de Replanteo vial de vías locales urbanas para posteriormente iniciar procesos de habilitación de suelo y/o edificabilidad.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Informe técnico de replanteo vial

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Número de Predio
  2. Datos del solicitante
  3. Administración zonal a la que corresponde el predio.
  4. Copia de la escritura inscrita en el Registro de la Propiedad del bien inmueble, que acredite que el solicitante es el propietario.

Requisitos Especiales:

En caso de que la dependencia municipal requiera para su análisis del replanteo vial:

  1. Plano aprobado  del  barrio,  sector,  lotización,  subdivisión, urbanización o reestructuración parcelaria inscrita en el Registro de la Propiedad, deberá ser requerido directamente a la institución metropolitana custodia de la documentación o a cualquier Entidad Pública.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”
  2. Ingresar al sistema con usuario y clave personal. En caso de no tener, se debe realizar el registro de usuario como personal natural o jurídica, según sea el caso.
  3. Generar acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos debidamente suscrito por el titular.
  4. Ingresar en formato digital todos los requisitos establecidos para atención del trámite.
  5. Recibir notificación de respuesta y/o coordinaciones del técnico por medio de correo electrónico 
  6. Revisar respuesta en el Sistema de Trámites en Línea con su usuario y clave personal.

Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En línea:

Trámite en línea habilitado las 24 horas.

La respuesta será emitida en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios Ciudadanos WhatsApp Messenger: (02) 3952311

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: Contact Center Municipal: 1800 510 510

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-07 0 180
2 2024-08 10 359
3 2024-09 3 327
4 2024-10 2 225

Fecha de última actualización: 2025/07/18

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