Trámite para solicitar la autorización para el uso exclusivo y ocupación temporal cuando un bien público de uso público de acuerdo a las siguientes actividades:
Actividades en SUPERFICIE:
Depósito de materiales o equipos de construcción en procesos constructivos u obras, construcción o mantenimiento, así como la utilización de elementos para trabajos en altura. / Ocupación con mobiliario para ferias o eventos promocionales de bienes o servicios / Ocupación con terrazas, mesas, sillas, ParQuitos o cualquier otro tipo de mobiliario solicitado por establecimientos con actividad económica de expendio de alimentos o bebidas. / Estacionamientos vehiculares en predios de dominio y uso público a excepción de vías. / Estacionamientos para vehículos turísticos, en calzada. / Producciones, filmaciones audiovisuales o fotográficas. / Ocupación con mobiliario destinado para: Exposiciones culturales, académicas, artísticas, educativas o investigativas, Presentaciones de teatro, danza, títeres, música u otras artes vivas, Prestación de servicios de salud o manejo de fauna urbana, Montaje de equipos de proyección de videos sobre edificios o elementos urbanos./ Desfiles, marchas o comparsas.
Competencias deportivas con superficies de hasta cien mil (100.000) metros cuadrados.
Competencias deportivas con superficies mayores a cien mil (100.000) metros cuadrados.
Actividades en SUBSUELO:
Enlaces en subsuelo entre bienes privados o enlaces entre bienes públicos de uso público y bienes privados para equipamientos educativos, de salud y de asistencia o bienestar social, equipamiento cultural de escala sectorial
y metropolitana, y edificaciones en las que se realicen actividades económicas definidas como centros comerciales, bodegas/almacenamiento e industrias, conforme la norma metropolitana vigente. / Estacionamientos vehiculares construidos en subsuelo de bienes públicos de uso público.
Actividades ÁEREAS:
Enlaces aéreos entre bienes privados o enlaces entre bienes públicos de uso público y bienes privados para equipamientos educativos, de salud, de asistencia o bienestar social, equipamiento cultural de escala sectorial y metropolitana, y edificaciones en las que se realicen actividades económicas definidas como centros comerciales, bodegas/almacenamiento e industrias, conforme la norma metropolitana vigente. No se permitirá el enlace en vías expresas, ni en áreas históricas.
Nota:
Todo solicitante personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público, privado o mixto, que realicen las actividades descritas y se desarrollen en bienes públicos de uso público del Distrito Metropolitano de Quito.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Autorización (Acto de simple administración / Convenio)
Canales de atención: Presencial.
Valor calculado conforme la fórmula prevista en la Resolución Nro. ADMQ 040-2024.
Presencial.
El horario de atención es: Lunes a Viernes de 8:00 a 16:30
CALDERÓN: Dirección: Av. Giovanni Calles No. 976 y Padre Luis Vaccari / Teléfonos: 395-2300 Ext. 12908.
CHOCO ANDINO: Parroquia Nanegalito, Frente al Parque de Nanegalito en la Calle Pichincha / Teléfonos: 395-2300 Ext. 29007
ELOY ALFARO: Dirección: Av. Alonso de Angulo y Cap. César Chiriboga / Teléfonos: 311-0802 al 05
EUGENIO ESPEJO: Dirección: Av. Amazonas N38-112 y Pereira / Teléfonos: 395-2300 Ext. 12464
LA DELICIA: Dirección: Av. De la Prensa N66-101 y Ramón Chiriboga / Teléfonos: 253-3636 Ext. 137
LA MARISCAL: Reina Victoria N24-66 y Pinto Edf. El Quinde / Teléfonos 395-2300 Ext. 28614
LOS CHILLOS: Dirección: Calle Gribaldo Miño s/n y avenida Ilaló (Hacienda San José), en el barrio San José, Parroquia Conocoto / Teléfono: 398-9300
MANUELA SÁENZ: Dirección: Chile Oe3-17 y Guayaquil, esquina / Teléfonos: 395-2300 Ext. 16602
QUITUMBE: Dirección: Av. Cóndor Ñan y Av. Quitumbe Ñan / Teléfonos: 1800-510510. Opción: 6 – 8
TUMBACO: Dirección: Juan Montalvo s/n y Oswaldo Guayasamín / Teléfono: 02-237-1943 Ext. 201
Contacto: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 3952311
Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec
Teléfono: 1800 510 510 Opción 6
Trámite para solicitar la autorización para el uso exclusivo y ocupación temporal cuando un bien público de uso público de acuerdo a las siguientes actividades como: Superficie, Subsuelo y Aéreas.
Las máximas autoridades de las Administraciones Zonales del DMQ previa verificación del cumplimiento de documentos habilitantes, serán las encargadas de emitir las autorizaciones.
Resolución ADMQ 040-2024 que regula el uso exclusivo y ocupación temporal de bienes de uso público del Distrito Metropolitano de Quito (Se considera uso exclusivo y ocupación temporal cuando un bien público de uso público o una parte de éste, es utilizado por particulares, en virtud del otorgamiento de una autorización, convenio o licencia metropolitana urbanística, y que, por tanto, excluye la posibilidad de utilización por otros particulares).
Resolución SGCTGYP-2025-004 que resuelve reformar la Resolución SGCTGYP-2024-014 emitida el 3 de diciembre de 2024 (Se considera uso exclusivo y ocupación temporal cuando un bien público de uso público o una parte de éste, es utilizado por particulares, en virtud del otorgamiento de una autorización, convenio o licencia metropolitana urbanística, y que, por tanto, excluye la posibilidad de utilización por otros particulares).
Resolución SGCTGYP-2024-014 en uso de las facultades atribuidas en la disposición transitoria segunda de la resolución ADMQ 040-2024 (Se considera uso exclusivo y ocupación temporal cuando un bien público de uso público o una parte de éste, es utilizado por particulares, en virtud del otorgamiento de una autorización, convenio o licencia metropolitana urbanística, y que, por tanto, excluye la posibilidad de utilización por otros particulares).
Fecha de última actualización: 2025/07/18